Abogado de Petro pidió remitir los procesos contra el presidente a la Cámara de Representantes
La defensa del mandatario aseguró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tiene competencias para adelantar los procesos del presidente, por lo cual pidió remitirlos a la Comisión de Investigación y Acusación.
Noticias RCN
10:04 a. m.
El abogado del presidente Gustavo Petro, Mauricio Pava, aseguró que el Consejo Nacional Electoral no tiene competencias para adelantar los procesos en contra del mandatario, por cuanto solicitó que sean remitidos a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
Defensa de Petro pidió que la Cámara de Representantes requiera al Consejo Nacional Electoral
Por medio de una carta dirigida al representante a la Cámara y miembro de la Comisión de Investigación y Acusación, Alirio Uribe, el abogado defensor del presidente solicitó que se requiera al Consejo Nacional Electoral (CNE).
Pava le solicitó a la Comisión requerir al CNE para que remita los procesos en contra del presidente a la Cámara de Representantes.
El abogado aseguró que el CNE "carece de competencia absoluta para adelantarlos", por lo cual debería abstenerse de tomar cualquier determinaron, especialmente con la cesación del cargo.
Solo el Congreso tiene competencia para ello, cuando se trata de quien ocupa el cargo de primer mandatario de la Nación.
"El presidente tiene un fuero que impide ser investigado y acusado por delitos ante jueces ordinarios": abogado de Petro
De igual forma, la defensa del mandatario solicitó que, por causa de requerir al Consejo Nacional Electoral, se archive cualquier proceso que surta la entidad contra Petro.
En caso que no sea logre su solicitud, Pava expresó que habría un conflicto de jurisdicción, por lo que tendría que enviarse un expediente a la Corte Constitucional.
La defensa del mandatario indicó que actualmente hay varios procedimientos administrativos en curso por el CNE. No obstante, aseguró que Petro tiene fuero constitucional, lo que "impide que sea investigado por autoridades distintas a aquellas expresamente designadas en la Constitución".
En ese orden de ideas, expresó que el Congreso de la República es la única autoridad competente para investigar al mandatario.
La jurisdicción de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado han decantado ya suficientemente este aspecto y ambas corporaciones han determinado pacífica, reiterada y uniformemente que se afectan garantías esenciales al Estado Social de Derecho.
A partir de los artículos 109 constitucional y 21 de la Ley 996 de 2005, Pava se basó para asegurar que el Congreso es la única entidad que puede "adelantar investigaciones contra el ganador de las elecciones presidenciales y decretar la pérdida del cargo, siempre que ello ocurra conforme al procedimiento contemplado para las investigaciones".
Del mismo modo, el litigante indicó que la Corte Constitucional establece que el presidente de la República tiene un fuero especial de carácter constitucional, lo cual implica que no pueda ser investigado y acusado por delitos ante los jueces ordinarios, sino ante organismos de jerarquía superior, tales como la Cámara de Representantes para investigación y acusación; y la Corte Suprema de Justicia para el juzgamiento de los delitos que ameriten penas distintas a sanciones políticas.
El abogado mencionó que actualmente están radicados los siguientes procedimientos administrativos en contra del mandatario ante el Consejo Nacional Electoral: CNE-E-DG-2022-006076; CNE-E-DG-2022-006143; CNE-E-DG-2022-006479 y CNE- E-DG- 2023-012924.