¿Cómo usar las cesantías para pagar créditos con el Icetex?

El pago de educación es una de las causales específicas por las cuales se pueden retirar las cesantías sin finalizar un contrato. ¿Cómo se hace?


Cómo usar cesantías para pagar créditos con el Icetex
Imagen de referencia - Foto: Pixabay

Noticias RCN

enero 17 de 2023
07:11 p. m.
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Hasta el próximo 31 de enero los empleadores del país tienen plazo para entregar los intereses de las cesantías a sus trabajadores, y hasta el 15 de febrero deberán consignar a los fondos de ahorros la prestación social a la que los colombianos tienen derecho por ley, independientemente de las condiciones de su contrato. Este ahorro aplica de forma distinta para quienes tienen vínculos por prestación de servicios y salarios integrales.

Noticias RCN consultó al abogado, economista y profesor de la Universidad de la Sabana, Johan Caldas, sobre los usos que puede tener este dinero al ser retirado.

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Según el experto, las cesantías podrán ser retiradas por el empleado a la terminación del contrato de trabajo, ya que buscan soportar los gastos en periodos de vacancia. Sin embargo, “la ley ha dispuesto de algunas causales específicas en las cuales también se puede hacer dicho retiro, como lo son, compra o mejora locativa en vivienda, pago de educación o compra de acciones en las empresas del Estado”.

¿Cómo usar las cesantías para pagar créditos con el Icetex?

Uno de los fines para los que pueden ser utilizados estos ahorros es la educación. Para retirar, los trabajadores deben consultar cómo es el proceso, pues este depende del fondo al que cada persona esté inscrita (Protección, Colfondos, Porvenir, Fondo Nacional del Ahorro).

Para hacer esto es necesario cumplir con una serie de requisitos. Cuando los recursos van a ser destinados en educación, es importante tener documento de identidad y algo que certifique que el dinero irá a las cuentas de una entidad académica, no a cuentas personales.

Caldas explicó que “el fondo de cesantías desembolsará el pago de matrícula de estudio personal, del cónyuge o de los hijos, siempre que se acredite”:

  • Copia del recibo de matrícula en el que se indique el valor a pagar por los estudios.
  • Copia de la licencia de funcionamiento de la universidad, colegio o instituto.
  • Declarar la calidad de beneficiario cónyuge, compañera o compañero permanente o del hijo del trabajador.
  • En el caso de retiro para el pago de créditos educativos, aportar certificado de crédito otorgado, el estado de cuenta, y también acreditar la realización del pago a la institución educativa.

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