Estos son los abusos en listas escolares y cobros en colegios privados que no debe permitir
El Ministerio de Educación estableció estrictas normas para proteger a las familias de excesos en útiles, uniformes y tarifas en instituciones privadas.
Noticias RCN
10:24 a. m.
Con el inicio del año escolar, vuelven las preocupaciones de los padres sobre las largas listas de útiles, uniformes costosos y cobros adicionales en colegios privados.
Ante esta situación, el Ministerio de Educación Nacional emitió la Circular 001 de 2025, que pone límites claros a las exigencias económicas de las instituciones y busca garantizar que no se cometan abusos que afecten el bolsillo de las familias.
Lo que debe saber de los incrementos en matrículas y pensiones
De acuerdo con la Resolución 16763 de 2024, los colegios privados solo pueden aumentar las matrículas y pensiones dentro de los topes establecidos por el Ministerio.
Estos límites están definidos según el régimen educativo de cada institución y contemplan factores como inclusión y escalafón docente.
Las secretarías de Educación tienen la responsabilidad de supervisar que los incrementos cumplan con la normativa. En caso de irregularidades, las sanciones pueden incluir multas de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y el cierre del colegio en casos de reincidencia.
No todo lo que le piden en las listas escolares es obligatorio
El Ministerio estableció una serie de reglas para evitar que las listas de útiles, textos y uniformes se conviertan en una carga injusta:
- Entrega clara y anticipada: los colegios deben proporcionar a los padres, al momento de la matrícula, la lista completa de materiales aprobada previamente por el Consejo Directivo.
- Uso gradual: para evitar gastos excesivos al inicio del año, los colegios deben implementar un cronograma para la adquisición progresiva de los materiales.
- Uniformes limitados: solo se pueden exigir un uniforme diario y uno de educación física, y la falta de uniforme por motivos económicos no puede excluir a un estudiante de las actividades escolares.
- Textos escolares duraderos: los libros deben mantenerse durante al menos tres años consecutivos, salvo casos excepcionales.
- Proveedores libres: ninguna institución puede imponer marcas específicas, proveedores exclusivos ni obligar a adquirir materiales en lugares vinculados a la institución o asociaciones de padres.
Cobros adicionales que están prohibidos
La Circular 001 recalca que los colegios privados no pueden exigir aportes en dinero o especie fuera de los conceptos de matrícula, pensión y servicios autorizados. Entre las prácticas prohibidas están:
- Donaciones obligatorias.
- Bonos o aportes a capital.
- Tarifas adicionales no aprobadas oficialmente.
Estas acciones son sancionables con multas que pueden alcanzar los 200 SMLMV y, en caso de persistir, el cierre definitivo del colegio.
Estos son los servicios que son voluntarios, pero no impuestos
Los servicios como alimentación, transporte o alojamiento escolar solo podrán cobrarse si los padres los contratan voluntariamente. No pueden ser impuestos como obligatorios ni condicionar la permanencia del estudiante.
Finalmente en caso de que usted desee reportar una irregularidad, se implementó una línea de comunicación directa con la secretaría de Educación.