Capturan y ratifican condena a exmagistrado Jorge Pretelt por delitos de corrupción

La Corte Suprema de Justicia ordenó su captura como responsable del delito de concusión y dejó en firme la condena de 6 años y medio de prisión.


Jorge Ignacio Pretelt Chaljub fue capturado en Montería
Jorge Ignacio Pretelt Chaljub fue capturado en Montería / Foto: Corte Constitucional.

Noticias RCN

mayo 06 de 2023
07:43 a. m.
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La Corte Suprema de Justicia ordenó la captura del exmagistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub como responsable del delito de concusión y dejó en firme la condena de 6 años y medio de prisión.

El exfuncionario de la Corte Constitucional fue capturado este viernes 5 de mayo en Montería y en las últimas horas será trasladado a Bogotá. 

Pretelt deberá responder ante la justicia por el caso de corrupción y soborno para favorecer o ayudar a Fidupetrol en el trámite de una tutela.

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El caso de corrupción Jorge Pretelt

En 2013 el entonces magistrado pretelt chaljub, solicitó al abogado Víctor Arturo Pacheco Restrepo, apoderado de Fidupetrol, la suma de $500’000.000, con el fin de adelantar gestiones al interior de la Corte Constitucional para sacar adelante una acción de tutela promovida por la firma que representaba contra un fallo dictado en su contra por la sala de casación penal, que le obligaba a pagar a favor de la gobernación del casanare, $22.500’000.000 más intereses del 10,5% anual.

El encuentro se realizó en el apartamento del magistrado en la ciudad de bogotá, antes de asistir a una reunión en el club El Nogal organizada por Pretelt Chaljub, a la cual estaba invitado Pacheco Restrepo, indicó la Corte Suprema.

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Ratifican condena contra Jorge Pretelt

Esta decisión fue adoptada por unanimidad con la participación de cuatro conjueces, en la que se ratificó la pena de prisión en centro carcelario impuesta por la sala especial de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia, pero con una modificación en la multa, fijándola en el equivalente a 56,25 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de ocurrencia de los hechos y reduce la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas en el término de 64 meses y 15 días.

De acuerdo con la sentencia, se demostró que con el propósito de echar por tierra la millonaria condena impuesta por la sala de casación penal en contra de Fidupetrol, Pretelt Chaljub le presentó a Pacheco Restrepo una hoja de ruta para el éxito de la gestión, que incluía que Fidupetrol contratara los servicios profesionales del exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Alonso Escobar Gil para que continuara el trámite de la acción de tutela, en ese momento en revisión ante la Corte Constitucional, y supuestamente entregar prebendas a personas que integraban el núcleo familiar del magistrado a cargo del asunto.

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Los argumentos de la Corte Suprema de Justicia 

El fallo del Corte Suprema de Justicia explicó que ese contexto fáctico permitió escindir dos escenarios distintos:  las influencias de Fidupetrol para la selección de la tutela por parte de la Corte Constitucional, y la solicitud concusionaria, realizada inmediatamente después de la selección de la tutela para su revisión, con el fin de obtener un fallo favorable a los intereses de Fidupetrol.

En el primero de los escenarios tuvieron participación activa algunos directivos de la fiduciaria y el abogado asesor Víctor Arturo Pacheco Restrepo, personas que aceptaron responsabilidad por el delito de tráfico de influencias de particular y fueron condenadas.

En el otro panorama, intervino Jorge Ignacio Pretelt Chaljub al solicitar la suma de $500’000.000.

A juicio de la Corte, Pretelt Chaljub incurrió en el delito de concusión, puesto que, con abuso del cargo de magistrado de la Corte Constitucional, realizó solicitud indebida para viabilizar un resultado positivo en el trámite de revisión de la acción de tutela promovida por Fidupetrol, comportamiento que se identifica con la modalidad de delito de concusión.

La sala de casación penal precisó que el delito de concusión se consuma cuando se realiza la exigencia dineraria o de cualquier otra utilidad indebida, bien sea que se efectúe de manera directa, o sutil, o mediante amenazas, instante en el que "se menoscaban la dignidad, moralidad, integridad, pulcritud, confiabilidad y transparencia de la administración pública, cuyos valores deben imperar en los funcionarios y sus actos", indicó el la Corte Suprema.

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