Constitución Política de Colombia: ¿después de tres décadas necesita una reforma?

Ciudadanos del común, un abogado constitucionalista y uno de los tres presidentes de la Asamblea Nacional Constituyente, hablan de la Constitución del 91.


Constitución Política de Colombia de 1991
Foto: Luis Robayo - AFP /

Carlos Valencia

julio 03 de 2021
12:42 a. m.
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La Constitución es norma de normas”, reza el artículo 4 de los derechos fundamentales de la Constitución Política de Colombia, la cual ya cumple 30 años desde aquel día en que cambió la Carta Magna del país.

A pesar de las tres décadas de su vigencia, son varios los colombianos que aseguran conocer poco de la Constitución. “Saben más de una canción de reggaetón que de las leyes que nos rigen y los derechos que tenemos”, manifestó un ciudadano entrevistado por Noticias RCN.

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Importante resaltar el artículo 41 antes de seguir, dice: “en todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana”.

Sin embargo, un hombre consultado sobre el tema sabe que “nació después del proceso que hubo entre el Gobierno y el M-19”, pero manifestó que no considera que le haga falta algo más que respetarla, esto ante la idea de replantearla.

Con esto coincide Antonio Navarro Wolff, uno de los tres presidentes de la Asamblea Nacional Constituyente que redactó el documento:

Hacer una nueva asamblea constituyente hoy, en medio de la polarización, es un riesgo que no vale la pena correr porque en vez de mejorar la Constitución, se puede desmejorar y retroceder mucho de lo que se ha logrado dependiendo de quién consigue la mayoría sobre los otros sectores de la población”, expresó.

No obstante, otras personas que opinaron del tema, aseguran que “es algo a lo que hay que hacerle una modificación completa (…) sobre todo a este Congreso que tenemos en nuestro país (…) hay demasiada gente haciendo nada”.

El refuerzo de la educación fue uno de los puntos en los que más coincidieron los transeúntes consultados para este artículo, seguido del acceso a oportunidades laborales y que “nos pongan más atención a nosotros los pobres, los que somos ricos en todo, pero económicamente muy poco”, pidió una mujer de mediana edad dedicada a la venta informal en Bogotá.

La palabra educación es nombrada en la Constitución, más o menos, en 27 oportunidades y se habla de que “será gratuita en las instituciones del Estado” y más importante aún, que es “un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social”, dicta el artículo 67.

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Germán Calderón España, abogado constitucionalista, también sugirió algunas reformas:

  • “Que el principio de la dignidad de la persona sea incorporado como un derecho fundamental autónomo, matriz y protector de los núcleos esenciales de los demás derechos fundamentales ya establecidos”.
  • “Que la acción de tutela se incorpore como un derecho fundamental sustantivo inmodificable e intocable”.
  • “Limitar razonable y objetivamente el derecho a la protesta y el control social, proscribiendo la injerencia política o económica en el ejercicio de estos derechos”.
  • “Que el voto popular sea ciento por ciento electrónico con árbitros en los conteos electorales conformados por la sociedad civil sin interés político electoral”.
  • “Una reforma a la justicia desde el punto de vista operativo más cerca al ciudadano (…) y al componente orgánico de la Constitución de 1991 con requisitos rigurosos y convocatoria ante autoridades académicas idóneas”.

El experto propone reformar la elección de magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, de la Sala Administrativa de la Judicatura, del Consejo Nacional Electoral; del fiscal, del procurador, del defensor del Pueblo, del contralor y del registrador.

Sería “por concurso de méritos ante una universidad europea o norteamericana, cuyos requisitos esenciales sean, primero, tener más de 60 años y una experiencia profesional certificada de mínimo 20 años genérica y mínimo 10 años específica en el área de cuya alta corte o corporación aspira”.

Antonio Navarro Wolff manifiesta que cuando se elaboró la Carta Magna del 91 había un gran consenso nacional, “uno ciudadano que se logró mediante los estudiantes y la llamada Séptima Papeleta, que produjeron que la mayoría de los ciudadanos estuvieran de acuerdo en la necesidad de una nueva”.

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Concluye que la idea de construir una mejor Constitución parte de consensos como los de 1990 y 1991, y “no con polarizaciones como las de hoy”.

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