Corte Constitucional da luz verde a la ley que regula el trabajo en casa
El trabajo en casa será “una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, indica la Corte.
Noticias RCN
12:06 p. m.
El trabajo en casa se consolidó a raíz de la pandemia del covid-19, y ahora estará regulado por la ley en Colombia. La Sala Plena de la Corte Constitucional dio luz verde a la ley que regula este en casos o situaciones excepcionales, acogiendo planteamientos de la ponencia presentada por el magistrado Alejandro Linares.
La ley definió trabajo en casa de la siguiente forma: “la habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato”.
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Añadido a esto, establece que el trabajo en casa será “una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales” y que “no será aplicable a quienes se encuentren cobijados por regímenes especiales de orden constitucional o legal en atención al desempeño de sus funciones siempre y cuando estas sean incompatibles con el trabajo en casa”.
Desconocieron demanda en contra de esta ley
La Corte desestimó una demanda contra el articulado y concluyó que no desconocía “la reserva de la ley estatutaria”.
Luego de distinguir entre la figura del trabajo en casa respecto del teletrabajo y del trabajo remoto, la Sala Plena concluyó que la Ley 2088 de 2021 no incurrió en un desconocimiento de la reserva de ley estatutaria, en tanto que dicha categoría especial de ley no es predicable de la normatividad cuestionada, pues no se está presencia de una regulación (i) integral, estructural y completa del derecho al trabajo; (ii) no se impacta en su núcleo esencial; (iii) ni se refiere a los elementos estructurales que conduzcan a una afectación de este derecho", señala la sentencia.
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“El Congreso no desconoció la reserva de la ley estatutaria al regular el trabajo en casa mediante una normativa ordinaria (…) su temática guarda relación con el derecho fundamental al trabajo, lo cierto es que no ordena aspectos relacionados con su núcleo esencial o procedimientos constitucionales para su protección”, indicó la procuradora general, Margarita Cabello.