Corte Constitucional reconoció que la endometriosis es una enfermedad incapacitante
El pronunciamiento de la Corte se derivó de un caso de una mujer que padece endometriosis y tuvo afectaciones en su entorno laboral.
Noticias RCN
06:23 p. m.
Evaluando un caso particular de una mujer que padece endometriosis y tuvo afectaciones en su ambiente laboral, la Corte Constitucional ratificó que las mujeres que tienen esa enfermedad pueden verse afectadas en su entorno laboral, esto por los dolores y diferentes situaciones que genera la endometriosis.
“La endometriosis se caracteriza por ser una enfermedad incapacitante para las mujeres, hombres trans y personas no binarias que ha sido muy poco estudiada. La Corte Constitucional ha reconocido las afectaciones que genera la endometriosis en casos relacionados con atención en salud y tratamientos de fertilización”, ratificó la Corte.
En el caso de estudio, se ratifica que la endometriosis es “incapacitante por los dolores que genera y que además tiene fuertes repercusiones en funciones del cuerpo como la menstruación, la digestión y la reproducción”.
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El alto tribunal evaluó el caso con perspectiva de género, considerando que en ese tipo de decisiones judiciales se debe garantizar la igualdad y los derechos.
“Esta enfermedad, como se mostró en los fundamentos 64 al 68, puede afectar la posibilidad de trabajar y situar a las mujeres en un estado de debilidad manifiesta por los fuertes dolores que genera y las repercusiones que tiene en el sistema digestivo y reproductor”, informó la Corte.
Falta de investigación de las autoridades sobre endometriosis
En medio de la evaluación del caso, la Corte Constitucional reconoció que en la sociedad persiste un desconocimiento amplio sobre la gravedad de la endometriosis y las implicaciones que puede generar en el día a día de las mujeres.
“Esta diversidad de síntomas con los que se presenta la endometriosis y la falta de formación e investigación sobre ella lleva a que las mujeres no sean diagnósticas a tiempo, que sean mal diagnósticas e incluso a que su tratamiento se retrase”, explicó la Corte.
El caso evaluado por la Corte
La Corte evaluó el caso de Denis Pérez, quien trabajó para Altillos Temporales y sufre de endometriosis y un tumor ovárico. Por su diagnóstico, la mujer tuvo que someterse a diferentes tratamientos e intervenciones.
Para poder realizarse sus intervenciones quirúrgicas, la mujer solicitó una licencia no remunerada en su trabajo, sin embargo, en vez de habérsele avalado, a Pérez le fue notificado que se terminaría su contrato.
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La mujer presentó una tutela por “la violación de sus derechos a la seguridad social, a la salud, a la estabilidad en el empleo, al trabajo, a la protección de las personas en situación de discapacidad”.
Finalmente, la Corte decidió amparar los derechos a la estabilidad laboral reforzada por salud de Pérez, entre otras decisiones.
Asocoen destaca sentencia de la Corte
La Asociación Colombiana de Endometriosis e Infertilidad (Asocoen) destacó la sentencia de la Corte y que decidió la magistrada Natalia Ángel Cabo. Por medio una carta, la asociación recordó lo complejo que ha sido que a las mujeres que padecen endometriosis les sean reconocidos sus derechos.
“Todas y cada una de sus palabras cobran especial relevancia, sobre todo aquellas donde se visibiliza la violencia de género que subyuga a las pacientes por no poder tener acceso a una incapacidad por su sintomatología, derivada del diagnóstico de la endometriosis", se lee en la misiva.
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Y reitera Asocoen: "Las conversaciones en diferentes ámbitos nos han llevado a concluir que menstruar es político. Y hoy, más que nunca, en Colombia”, se lee en la misiva.
Recientemente, la Presidencia de la República sancionó la ley 2338 del 12 de octubre, en la cual se establecieron los lineamientos para la política pública en prevención, diagnóstico temprano y tratamiento integral de la endometriosis.