En firme decisión de archivar proceso contra expresidenta de contrato 4/72 con el Sena
En 2018, la Procuraduría formuló cargos contra el exsecretario general del Sena y la expresidenta de 4/72, por supuestas irregularidades en un contrato.
Noticias RCN
04:26 p. m.
Noticias RCN conoció el documento de la Procuraduría General de la Nación en el que deja en firme el archivo del proceso disciplinario contra la expresidenta de 4/72 Adriana María Barragán y el exsecretario general del Sena Milton Núñez, al considerar que no hubo irregularidades en un contrato que se suscribió en el 2015.
En noviembre de 2018, la Procuraduría formuló pliego de cargos al exsecretario general del Sena y a la expresidenta de Servicios Postales Nacionales 4/72, por supuestas irregularidades en este contrato para manejar la gestión documental y organizar los archivos centrales de la entidad.
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El Ministerio Público le reprochó a Núñez participar en una actividad contractual con presunto desconocimiento de los principios de transparencia y responsabilidad, al suscribir el contrato interadministrativo No. 977 de 2015 con la empresa 4/72, cuyo objeto era “contratar el servicio de organización de los archivos centrales y de gestión, elaboración y aplicación de las tablas de valoración documental, y la realización de digitalización certificada de las fichas acumulativas de Servicio Nacional de Aprendizaje", por valor de $18.701.303.066.
Al parecer, el contratista no acreditó los requisitos de capacidad logística, operativa y de experiencia establecidos en el acuerdo 08 de 2014 del Archivo General de la Nación, lo que conllevó a que las actividades contempladas en la ejecución del negocio jurídico fueran subcontratadas.
Sin embargo, el mismo ente de control archivó definitivamente la investigación por no encontrar inhabilidades e incompatibilidades en el contrato que se suscribió, al haber contratado a un sobrino del esposo en la entidad, por lo que también se absolvió a Núñez, al parecer por no tener que ver con los contratos de 4/72.
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“Se puede concluir que, tampoco sería posible hacer un reproche disciplinario a los investigados, toda vez que cuando dejaron sus cargos el contrato no había sido terminado ni liquidado, sumado al hecho que no tenían a su cargo la vigilancia, control o supervisión directa de la ejecución del convenio en mención”, dice el documento.
La decisión advierte sobre los imprevistos que genera cualquier tipo de convenio que se ven representados en el tiempo de ejecución.
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“En la ejecución de los contratos administrativos surgen comúnmente imprevistos, en ocasiones adquiridos en el diseño del contrato, que generan alteraciones de la relación contractual en su concepción originaria y desvían el negocio jurídico de la trayectoria inicialmente prevista”.
Para el abogado Daniel Largacha Torres, defensor de Adriana Barragán, el fallo estableció que la contratación entre el Sena y 4/72 no comporta irregularidad alguna. Asimismo, el ente de control reconoció que tampoco era posible realizar reproche disciplinario ya que al dejar sus cargos el contrato no había terminado su periodo de ejecución, y la supervisión directa del contrato no estaba a su cargo.