Ordenan al CNE certificar estados contables de la revocatoria del alcalde Quintero

Por orden del Tribunal Superior de Medellín, el CNE tiene 10 días para expedir certificaciones sobre la revocatoria del alcalde Daniel Quintero.


Ordenan al CNE certificar cuentas de revocatoria del alcalde Quintero
Ordenan al CNE certificar cuentas de revocatoria del alcalde Quintero/Foto: archivo.

Noticias RCN

marzo 24 de 2022
09:24 a. m.
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En respuesta a una acción de tutela impuesta por Yolanda Ruiz Londoño y 40 ciudadanos más, en contra de la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral (CNE), el Tribunal Superior de Medellín falló a favor de los derechos fundamentales vulnerados a los ciudadanos por parte del CNE.

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Con la tutela, los demandantes reclamaban por una supuesta vulneración a los derechos del debido proceso y el acceso a la administración de justicia, debido a la falta de expedición de certificados contables para la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por parte de la Registraduría y el magistrado César Augusto Abreo del CNE.

Asimismo, los ciudadanos reclamaban que el proceso de revocatoria había quedado congelado aún cuando las firmas recolectadas fueron avaladas tres veces por la Registraduría, por lo que los habitantes de la capital antioqueña seguirían a la espera de ser llamados a votación para definir el destino del mandatario.

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Frente a la actuación del magistrado del CNE, la tutela de los ciudadanos asegura que “ha incurrido en una dilación injustificada (…) al abstenerse de pasar su ponencia a la sala Plena del Consejo Nacional Electoral para estudio el informe de los estados contables y así ha dilatado irremediablemente el proceso, siendo consciente de la restricción temporal que el uso del Mecanismo de participación Ciudadana REVOCATORIA DE MANDATO tiene como marco para ser ejercido”.

Decisión y orden del Tribunal

Posterior al estudio de la tutela y de las tareas supuestamente omitidas por las entidades, el Tribunal Superior de Medellín falló a favor de los derechos fundamentales de los demandantes, concernientes al debido proceso administrativo y a la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político, vulnerados por el CNE.

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Por tanto, se otorgó un plazo de 10 días posteriores a la notificación, para que el CNE expida certificación positiva o negativa sobre los estados de cuenta de la iniciativa de revocatoria del alcalde Daniel Quintero, con el fin de hacerla llegar a la Registraduría lo más pronto posible.

Finalmente, la tutela en contra de la Registraduría fue negada, al no considerar que haya incurrido en violaciones a los derechos de los ciudadanos.

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