Reforma pensional fue sancionada por el presidente Petro y entrará a regir en julio del 2025
Durante un acto público en la Plaza de Bolívar, el mandatario sancionó la primera de sus reformas sociales en ser aprobada por el Congreso de la República.
Noticias RCN
01:25 p. m.
Durante un acto público celebrado este martes 16 de julio en la Plaza de Bolívar, el presidente Gustavo Petro sancionó la reforma pensional que entrará a regir el 1 de julio del 2025.
Este es el primero de los proyectos sociales del Gobierno en ser aprobado por el Congreso de la República.
¿En qué consiste la reforma pensional?
La base de la reforma pensional, aprobada el pasado 14 de junio en el Congreso, es el establecimiento de los pilares semicontributivo, contributivo y solidario; integrados por el componente de Prima Media, Componente Complementario de Ahorro Individual y Pilar de Ahorro Voluntario.
El pilar de ahorro voluntario y complementario estará conformado por los aportes voluntarios de los cotizantes que quieran complementar el monto de su pensión integral de vejez.
El pilar contributivo estará dividido en dos. Por un lado, estarán quienes tengan ingresos entre uno y 2.3 salarios mínimos, quienes conformarán el componente de Prima Media y cotizarán la totalidad de sus obligaciones en Colpensiones.
Del otro, estarán quienes ganen más de 2.3 salarios mínimos; ellos harán parte del componente de ahorro individual y cotizarán hasta 2.3 smlmv en Colpensiones y el resto en la AFP de su elección.
El pilar semicontributivo estará conformado por personas afiliadas al sistema pensional que no cuenten con las cotizaciones suficientes para garantizarse una pensión. Aquí entran hombres de 65 años y mujeres de 60 años, que no hayan cumplido con los requisitos para jubilarse.
Finalmente, el pilar solidario será integrado por personas en condición de pobreza y vulnerabilidad, que recibirán una renta básica mensual de $223.800.
¿A quiénes aplicará la reforma pensional?
El artículo 76 de la reforma pensional establece todo lo relacionado con el régimen de transición que aplicará para los colombianos que cotizan actualmente en el sistema y para quienes están a punto de jubilarse.
Según el texto, las únicas personas exentas de la nueva reforma serán las mujeres con 750 semanas y los hombres con 900 semanas o más, cotizadas en el Sistema de Seguridad Social. Para ellos seguirá rigiendo la ley 100 de 1993.
Es importante anotar que esta parte del articulado incluye las semanas cotizadas en cualquiera de los regímenes pensionales de la ley 100, Solidario de Prima Media con Prestación Definida o de Ahorro Individual con Solidaridad, al ISS o cualquier caja o fondo público o privado.
Es decir, que las mujeres con menos de 750 semanas ahorradas y los hombres con menos de 900, serán cobijados bajo lo dispuesto en la nueva reforma pensional.
En el caso de los colombianos que hayan realizado aportes a pensión en el exterior, el régimen de transición también aplicará, siempre y cuando cumplan con las semanas mínimas establecidas.