Cobro de servicios públicos y otras facturas pasarán de físico a digital: esta es la fecha de cuándo regirá
Las personas ya no encontrarán sus facturas en los buzones o casilleros de sus hogares. La Dian cambió el modelo y pasará a ser electrónica.
Noticias RCN
06:49 a. m.
La tradicional forma de recibir en sus buzones o casilleros las facturas de los servicios públicos cambiará. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), decidió cambiar la mecánica de dicha facturación, y pasa ahora del modelo físico al digital, incluyendo otros sectores, como el de los espectáculos.
Y es que no solo serán las facturas de servicios públicos, pues de acuerdo con la entidad, el tiquete de transporte de pasajeros aéreos, el billete de la lotería y otros juegos de suerte y azar; el pago de peajes, la boleta de ingreso a espectáculos públicos y hasta la boleta de ingreso a cine está contenido en la Resolución 000165 del 1.° de noviembre de 202, también serán de manera digital.
Sin embargo, la DIAN, a través de la Resolución 008 de 2024, determinó que el cambio en la forma de facturar esos y otros servicios iniciaría el 1.° de mayo e irá hasta el 1.° de noviembre del presente año, comenzando por los grandes contribuyentes (mayo).
A partir de cuándo cambiará la facturación de los servicios públicos
Asimismo, el siguiente grupo de contribuyentes que debe comenzar a realizar la implementación de la factura electrónica corresponde a las empresas de servicios públicos, que tendrán que hacerlo a partir de 1.° de agosto, según el calendario establecido por la autoridad tributaria.
Ahora, este cambio de facturación no afecta a los consumidores, pues los pagos se podrán seguir haciendo en los puntos físicos o por los medios electrónicos.
Así cambiará la forma de facturación de los diversos servicios
- Servicios públicos domiciliarios, 1.° agosto.
- Tiquete de transporte de pasajeros: 1.° de agosto.
- Extracto bancario, 1.° de agosto.
- Tiquete de avión, 1.° de septiembre.
- Boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados, 1.° de septiembre.
- Documento expedido para el cobro de peajes, 1.° de octubre.
- Boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas, y otros espectáculos, 1.° de noviembre.
- Boleta de ingreso a cine, 1.° de noviembre.