Esto deberán pagarle por trabajar el 1 de enero de 2025: haga su cálculo
De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo, esto deberán pagarle por laborar el primer día del año.
Noticias RCN
06:17 p. m.
El inicio de un nuevo año suele venir acompañado de celebraciones y descanso; sin embargo, para muchos trabajadores, el primero de enero de 2025 puede significar una jornada laboral más.
Ante esta situación, surge la interrogante: ¿Es obligatorio que las empresas paguen un recargo a los empleados que laboran en este día festivo?
De acuerdo con la legislación laboral colombiana, se establece una serie de protecciones para los trabajadores que realizan sus labores en días que tradicionalmente son considerados de descanso.
¿Cuánto deberán pagarle por trabajar el 1 de enero?
El Código Sustantivo del Trabajo establece un recargo mínimo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria. Es decir, si un trabajador gana $10.000 por hora en un día normal, al trabajar el 1° de enero tendría derecho a percibir $17.500 por cada hora laborada.
Aunque el recargo por trabajar en días festivos es la regla general, existen algunas excepciones. Por ejemplo, si el trabajador ha pactado con su empleador trabajar en días festivos y recibir un día de descanso compensatorio, no tendrá derecho al recargo.
Ahora, en caso de trabajar el festivo y en horario nocturno, el trabajador tendrá su recargo, tal como especifica la ley. Cabe recordar que este incremento aplica desde las 9 de la noche, hasta las 6 de la mañana.