Pago de la prima de junio se podrá hacer en tres cuotas
A través del decreto 770 el Gobierno autorizó el pago de la prima de junio en tres contados y máximo hasta el 20 de diciembre.
Noticias RCN
10:45 a. m.
El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera explicó que la prima es un derecho de los trabajadores por lo que se debe pagar. Aseguró que la opción es poderla pagar en tres cuotas siempre que se llegue a un acuerdo entre trabajador y empleador.
Según el decreto, el pago debería realizarse “máximo hasta el 20 de diciembre de 2020. Los empleadores y trabajadores podrán concertar la forma de pago hasta en tres pagos, los cuales en todo caso deberán efectuar a más tardar el 20 de diciembre”.
Vea también: Gobierno amplía subsidio de prima para quienes ganan hasta un millón de pesos
El Gobierno entregará un subsidio del 50% para el pago de la prima a trabajadores que devengan entre un salario mínimo y un millón de pesos. El dinero será entregado directamente a la empresa.
“El subsidio de la prima aplica al número de trabajadores que estén vigentes en la nómina de junio y el valor va a ser de 220.000 pesos”, señaló el ministro de Trabajo.
Los requisitos para que las empresas puedan acceder al beneficio son los mismos que los solicitados para el auxilio de nómina.
Aplica para las personas jurídicas, naturales, consorcios y uniones temporales que:
- Hayan sido constituidos antes del 1 de enero de 2020.
- En el caso de personas naturales se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.
- Cuenten con una inscripción en el registro mercantil. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el 2019.
- Demuestren la necesidad del aporte estatal certificando una disminución del 20% o más de sus ingresos.
- En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar copia del Registro Único Tributario (RUT)
- Los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera.
- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público determinará el método de cálculo de la disminución en ingresos
Lea además: Gobierno pagará 50% de la prima de junio a trabajadores con salario mínimo
¿Quiénes no podrán ser beneficiarios?
- Entidades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.
- Que tengan menos de tres empleados reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización de febrero de 2020.
- Personas Expuestas Políticamente - PEP o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente.
Le puede interesar: Así reaccionaron las centrales obreras frente al subsidio a la prima
El ministro también se refirió al horario laboral que podría diferirse en cuatro días, la protección a los trabajadores cesantes y el trabajo en casa.
Protección al cesante
Tienen derecho a estos subsidios los cesantes que fueron trabajadores dependientes o independientes, que hayan realizado aportes a las cajas de compensación familiar por lo menos durante un año continuo o discontinuo en los últimos cinco años. El Gobierno anunció aumento en la cobertura.
"Se logra incrementar, pasar de 91,000 personas que han sido beneficiadas a 150,000 personas lo cual permite un incremento de cerca de 60,000 nuevos subsidios para el desempleo", señaló el ministro de Trabajo.
Jornadas de trabajo
Con el objetivo de evitar las aglomeraciones en el transporte masivo y al mismo tiempo reactivar la economía, el empleador debe, entre otros aspectos, reconocer los recargos y festivos al trabajador.
“La jornada ordinaria semanal de 48 horas podrá ser distribuida en cuatro días a la semana, con una jornada diaria máxima de 12 horas, sin que sea necesario modificar el reglamento interno de trabajo", señala el decreto.
Trabajo en casa
En la circular 41 de 2020, el Gobierno establece lineamientos básicos sobre el trabajo en casa, entendiéndose que es una medida excepcional por efecto de la pandemia y que mantiene vigentes las garantías y condiciones del contrato laboral para el trabajador.
Además, no puede haber disminuciones unilaterales del salario. se respeta la jornada de trabajo de ocho horas diarias y 48 horas semanales
Este es el decreto:
Decreto 770 Del 3 de Junio de 2020 by Noticias RCN on Scribd