¿Pueden obligarlo a tomar vacaciones así no quiera? Lo que debe saber

Se acerca la época más esperada del año y con ella surgen muchas dudas entre los trabajadores.


¿Pueden obligarlo a tomar vacaciones así no quiera? Lo que debe saber
Foto: Pixabay

Noticias RCN

noviembre 29 de 2023
12:49 p. m.
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Se acerca una de las épocas más esperadas del año como lo es la temporada decembrina. Para estas fechas, muchos de los empleados optan por tomar sus vacaciones para compartir tiempo con sus seres queridos en las festividades. 

Como es de ley, un empleado tiene derecho a quince días o al menos seis (en el año) para tomar su tiempo de descanso. Lo anterior se encuentra reglamentado y registrado en el Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 186, en donde se anota todo lo relacionado con los derechos y deberes de los trabajadores colombianos.

No obstante, hay personas que no desean tomar este periodo de vacaciones, y allí aparecen las dudas sobre las decisiones que podría tomar el empleador.

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¿Qué pasa si no se toma el periodo de vacaciones? 

Según lo estipulado por la ley, cada trabajador debe tomar este periodo de descanso por cada año laborado. En caso de no hacerlo, este se acumulará para la fecha que desee tomarlo. 

Ahora bien, existe un problema en caso que el trabajador acumule muchos periodos. Si una persona acumula más de tres o cuatro periodos, podría estar en riesgo de perder las vacaciones acumuladas, puesto que el derecho puede prescribir.

Por otra parte, el artículo 186 del código sustantivo del trabajo menciona que la fecha en la que el trabajador tome las vacaciones deberá ser señalada por el empleador y este debe informarle de estas con 15 días de anticipación, “sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso”.

Finalmente, si su contrato se termina y no tomó vacaciones, la empresa deberá compensarle en materia económica. 

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¿Qué hacer si no le reconocen las vacaciones? 

Según el Ministerio de Trabajo, es recomendable que trate de llegar a un acuerdo con su empleador antes de acudir a cualquier autoridad.

Si no logró llegar  un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación sólo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben. 

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