Juez obligó a tratar con dióxido de cloro a paciente con covid-19
El paciente, un hombre de 92 años que estaba en grave estado producto del virus, falleció, según lo confirmó el abogado de la familia, Martín Sarubbi.
Noticias RCN
06:03 a. m.
Un juez argentino obligó a una clínica privada de Buenos Aires a tratar con dióxido de cloro a un paciente con covid-19, a pedido del hijastro del hombre, que finalmente murió, en un polémico fallo que alertó a la comunidad médica.
El juez en lo civil Javier Pico Terreno hizo lugar al amparo presentado y dispuso que el Sanatorio Otamendi y Miroli administrara al paciente la sustancia que le había sido indicada por su neurocirujano particular. La clínica apeló la medida, pero debió realizar la práctica, aunque aclaró que lo hacía fuera de su responsabilidad.
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El paciente, un hombre de 92 años que estaba en grave estado producto del coronavirus, falleció este lunes, según lo confirmó el abogado de la familia, Martín Sarubbi.
El uso de dióxido de cloro para casos de covid-19 fue desaconsejado por la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), que no lo autorizó.
El 7 de enero, un día después de que su madre muriese por coronavirus, José María Lorenzo solicitó a la Justicia que su padrastro Oscar García Rúa recibiera "en carácter urgente" la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro intravenoso, terapias recetadas por el neurocirujano del paciente, Dante Converti.
En su fallo, el juez consideró que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio" para el centro médico, pero "evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida" del paciente.
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El magistrado dictaminó que el hospital deberá "garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante".
La decisión fue cuestionada por la comunidad médica. "Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol", advirtió Omar Sued, presidente de la Sociedad Argentina de Infectología.
El abogado de la Fundación Huésped y del hospital Muñiz Ignacio Maglio consideró el caso "una aberración jurídica y un escándalo. Es una desmesura, una extralimitación de las facultades jurisdiccionales donde con un certificado médico se indicó una medida cautelar con todo el riesgo y el daño que significa".
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El abogado de la familia del difunto, Martín Sarubbi, dijo al Canal C5N que sus representados demandarán al sanatorio Otamendi al considerarlo responsable de la muerte porque "dilató el tratamiento".
"El hombre fallece por una infección intrahospitalaria y a causa de la demora del tratamiento", afirmó el abogado.