Corte Constitucional mantiene el beneficio de pensión a deportistas olímpicos colombianos

La decisión del tribunal también cobijaría a quienes hayan triunfado en mundiales. En casos que no se entregue pensión, habrá estímulos.


La colombiana Yuri Alvear. Foto: AFP.

Noticias RCN

agosto 10 de 2016
04:00 p. m.
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Justo en la semana en la que el himno de Colombia ha sonado en Río 2016 gracias al desempeño de los deportistas nacionales, la Corte Constitucional determinó que se deben mantener las pensiones a las glorias del deporte olímpico y de mundiales que se otorgaron antes de 2010.
Para 6 de 8 magistrados que componen el alto tribunal, esos derechos adquiridos deben protegerse.
Sin embargo, el sabor a la victoria olímpica no es de todo dulce. Según la decisión, los deportistas que hayan ganado medallas en mundiales de diferentes disciplinas y juegos olímpicos como el de Londres y el de Rio (desde 2010), no tendrán derecho a pensión sino a un estímulo.
Tanto la pensión como el estímulo será de cuatro salarios mínimos legales vigentes, que actualmente son 2 millones 740 mil pesos.
Pero hay varias diferencias que el estímulo no tiene en comparación con la pensión vitalicia como son  las primas de un salario adicional entre junio y diciembre. Además, las pensiones no son embargables y son reajustables cada año.
La Corte deja claro que los requisitos para acceder a la pensión o estímulo son:
1.Haber sido campeón mundial de un evento reconocido oficialmente, o medallista de campeonato mundial oficial en la máxima categoría de rendimiento, lo cual deberá ser acreditado por la federación deportiva nacional del respectivo deporte y por el Comité Olímpico Colombiano, o haber sido medallista de juegos olímpicos 
2.Haber cumplido 50 años de edad. 
3.En cualquier edad, en caso de condiciones físicas excepcionales que le generen el 50% de pérdida de su capacidad laboral.
4.No tener ingresos superiores a cuatro salarios mínimos legales vigentes.
La Corte considera que las glorias del deporte hacen un aporte a la sociedad por lo que deben ser reconocidas con incentivos.
"La Constitución prohija el apoyo al deporte y a los deportistas, entiende su enorme valor para la sociedad, y acoge una idea de justicia que permita apoyar a quienes, teniendo las mejores capacidades físicas, deciden no aprovecharlas exclusivamente en su beneficio individual, sino dedicarlas a sacar en alto el nombre del país, a través del deporte y de la bandera nacional impresa en su pecho".
Para algunos deportistas, cuatro salarios mínimos mensuales, a los 50 años de edad, son insuficientes como remuneración a una vida entera de esfuerzo por la bandera tricolor.
Germán Duque/NoticiasRCN.com
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