Que no se le pase la fecha para declarar renta
Desde el 6 de agosto empezaron a vencerse los plazos para declarar renta. Recuerda que ahora puedes hacer el pago en línea con tarjeta de crédito, además del pago presencial en efectivo, cheque o tarjeta débito.
Noticias RCN
01:35 p. m.
Toma nota: ¿quiénes deben declarar?
*Haber tenido en el 2018 ingresos iguales o superiores a $46.418.400 millones, es decir, un sueldo mensual de unos $3.868.000 millones o más (incluido comisiones, regalías, bonificaciones, entre otros).
*Si en 2018, tus compras y consumos; consignaciones y depósitos; compras con tarjetas de crédito sumaron en total $46.418.400 millones o más.
¿Qué documentos necesito?
*Como empleado: certificado de ingresos y retenciones, los certificados tributarios expedidos por las entidades bancarias y los certificados de propiedades.
*Como independiente: todos los certificados de ingresos como independientes, certificados tributarios expedidos por las entidades bancarias y los certificados de propiedades.
¡Ten presente las fechas límites para declarar!
¿Cuál es el paso a paso para hacer esta diligencia por internet?
*Verifica si está registrado en el RUT. La información allí suministrada te será útil para diligenciar el formulario virtual para declaración de renta.
*En caso de realizar declaración de forma virtual, ingresa al enlace Diligenciamiento De Formularios Para Usuarios No Registrados. Una vez allí, selecciona la opción ‘Tributarios’ o ‘Aduaneros’, según sea tu caso. Recuerda tener firma virtual para concluir este paso.
*Si eres persona natural, debes seleccionar el formulario No. 210 y el año gravable que deseas declarar.
*Diligencia las casillas del formulario y sigue las instrucciones. Si tienes dudas sobre cómo llenar las casillas, puedes contactarte con un funcionario de la DIAN.
*Una vez diligenciado el formulario, recibirás por correo electrónico o mediante una llamada telefónica las instrucciones para el pago de los impuestos en tu banco más cercano.
¿Cómo pagar?
La Dian informó que con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el pago de sus obligaciones tributarias, ahora podrán pagar desde lapágina de la entidad de forma inmediata y obtener financiación del pago a través de tarjeta de crédito.
Entre las entidades que ofrecen esta nueva opción se encuentran: Itaú, Bancolombia, GNB Sudameris y Davivienda.
Pago electrónico
El ingreso indirecto desde los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN, a la dirección virtual de la Entidad Autorizada para Recaudar -EAR-, escogida por el contribuyente, usuario aduanero o declarante, a través de la cual la misma presta el servicio.
El ingreso directo a la dirección virtual o canal de pago de la Entidad Autorizada para Recaudar -EAR-, escogida por el contribuyente, a través de la cual la misma presta el servicio.
Confirmar en línea con la Entidad Autorizada para Recaudar -EAR-, la efectividad de la transacción financiera.
Pago presencial
Pagar presencialmente en las Entidades Autorizadas para Recaudar -EAR-, quienes recibirán el pago en efectivo, tarjetas débito, tarjeta de crédito o mediante cheque de gerencia o cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora.
Ten presente que la no declaración de renta dentro de la fecha estipulada podría llevarte a incurrir en sanciones económicas que van desde los $343.000 pesos.