Investigan a grandes empresas por publicidad engañosa en productos contra el covid-19
De confirmarse una violación a las normas de protección al consumidor en el marco de las investigaciones, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMMLV.
Noticias RCN
10:02 a. m.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, inició investigación a 14 empresas por presunta publicidad engañosa, al haber publicitado productos de aseo con bondades específicas respecto al covid-19. En la publicidad de estos productos se atribuyeron beneficios como: matar, eliminar y combatir el virus, hacerlo desaparecer e incluso, reducir las consecuencias del contagio.
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La Superintendencia de Industria y Comercio adelantó visitas de inspección a diferentes páginas web, medios de comunicación y redes sociales, con el fin de revisar el mensaje transmitido a los consumidores en la publicidad de productos de aseo y al encontrar mensajes que atribuían beneficios contra la covid-19, se determinó el despliegue de acciones prioritarias de inspección y vigilancia con miras a proteger a los consumidores de mensajes posiblemente engañosos.
Estas son las 14 empresas siendo investigadas:
- CI MULTISERVICIOS DE INGENIERIA 1A S.A. EN REORGANIZACION - MULTINSA RSE -19
- CLOROX DE COLOMBIA S.A.
- RECKITT BENCKISER COLOMBIA S.A
- BEISBOL DE COLOMBIA S.A.S.
- PRODUCTOS FAMILIA S.A.
- SOLUCIONES AMBIENTALES SAN S.A.S.
- SIMONIZ S.A. - BINNER PISO
- QUALA S.A. - AROMAX TRES ACCIONES
- SUCESORES DE JOSE JESUS RESTREPO - FASSI DESINFECTANTE MULTIUSOS
- COLGATE PALMOLIVE COMPAÑÍA
- AVANZA INTERNACIONAL GROUP S.A.S.
- BORANI S.A.S
- UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA.
Así, después de evaluar la publicidad y contrastarla con la información consignada en los documentos remitidos para soportar los beneficios atribuidos a los productos, respecto del Sars-Cov-2, se formuló pliego de cargos en contra de 14 empresas por la presunta publicidad engañosa y/o, porque al parecer no atendieron las órdenes impartidas por esta autoridad. En uno de los casos se abrió la investigación por no garantizar la seguridad del producto, en atención a que al parecer no contaba con registro de la autoridad sanitaria.
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De confirmarse una violación a las normas de protección al consumidor en el marco de las investigaciones iniciadas, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMMLV.