Los retos del Ministerio de Salud para garantizar el aborto seguro a menores de 14 años
Una resolución del Ministerio de Salud estipula que menores de 14 años podrán interrumpir su embarazo sin el consentimiento de un tercero.
Noticias RCN
04:25 p. m.
El Ministerio de Salud dio a conocer una resolución en la que establece una hoja de ruta para los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo en Colombia. El documento provocó opiniones encontradas, específicamente porque explica que las menores de 14 años podrán decidir sobre su cuerpo y la maternidad, sin necesidad del consentimiento de un tercero.
Varias cosas por aclarar de este tema. La primera, que el revuelo por lo que puso sobre el papel la cartera desconoce que en Colombia la solicitud de la interrupción voluntaria del embarazo es independiente de la edad gestacional y la edad del paciente. Así lo explicó el Germán González, Ginecólogo y Obstetra experto en salud Sexual. “Siempre lo hemos enfocado así, entonces el hecho de que el Ministerio nos haya dado un espaldarazo, reforzando que eso se dé en los menores de edad, no es más que ratificar lo que ya se venía haciendo”.
En contexto: Niñas menores de 14 años en embarazo podrán abortar sin consentimiento de los padres: Minsalud
El tema de permitir o no el aborto en Colombia es bastante debatido. No es una cuestión de este país, es una discusión mundial en la que han prevalecido los derechos de las mujeres, y no los del no nacido. Lo cierto es que la ley avanza para regular los procedimientos y brindar el apoyo a las mujeres, sin distinción de edad.
¿Cuáles son los retos del Ministerio de Salud tras la resolución?
El trabajo de la cartera y de las instituciones de salud no se queda en un papel. La regulación ya existe y el Ministerio y la Corte lo ratificaron, ahora lo que viene es trabajar en el cumplimiento, las garantías, la educación y difusión de información.
Para el profesional en ginecología consultado por este portal es un trabajo conjunto que empieza desde la máxima autoridad en salud, pero también pasa por quienes ejecutan los abortos. “Siempre se debe hacer uso de lo que tengamos nosotros a nuestro nivel, ya sea una IPS, EPS o las prepagadas, porque estas últimas también tienen que garantizar que se cumpla el derecho de las pacientes”.
Varias aclaraciones hace Germán González sobre el tema. La primera, que aunque los médicos pueden objetar conciencia a la hora de negarse a hacer una interrupción del embarazo, este es un derecho individual, no de las instituciones.
Esto quiere decir que ningún establecimiento puede por ley negarse a brindar a una mujer la posibilidad de interrumpir su embarazo cuando se pone en riesgo de cualquier forma su vida. “Existe una guía y unos lineamientos en cada institución sobre dónde debe consultar la paciente, ya sea por consulta externa, urgencias, médico general o ginecólogo, cualquiera tiene que garantizar que se inicie el proceso”, dijo González.
En caso de que se nieguen, esto será considerado una barrera o traba en el procedimiento. Entendiendo esto, la labor del Ministerio de Salud ahora es, según el experto, identificar a las entidades que hagan uso de la “objeción de conciencia colectiva” y regularlas debidamente.
“Cualquier conducta que haga demorar el proceso y sea innecesaria es vista como una barrera a la prestación de servicio. La paciente debe tener una respuesta en menos de 72 horas y si la edad de gestación es mayor a tres meses, la respuesta debe ser en máximo 5 días”, explicó el experto.
“Regular cada cosa”
De acuerdo con el profesional, el Ministerio de Salud tendrá el reto de regular las particularidades en el procedimiento. “Van a tener que hacer una norma para cada cosa, por su puesto está el límite de la edad gestacional, algo que causa polémica porque a medida que aumentan los meses de embarazo, el procedimiento tiene más riesgo, pero tiene menos si se hace en las condiciones óptimas y no en un espacio clandestino”
Rutas claras y transparentes
Las rutas deben ser más claras y trasparentes. “Pocas prepagadas tienen documentos en los que preguntan a las mujeres si quieren solicitar la interrupción voluntaria y hay un respaldo desde el comienzo”.
Para el experto en salud tiene que haber también una mejor entrega de medicamentos que no le implique a la mujer ser juzgada. “Pedir en una farmacia ese medicamento es como si se estuviese pidiendo algo ilegal o prohibido, no tiene que ser así, tiene que haber mayor difusión e información para que las pacientes sepan que están respaldadas por las instituciones”.
Otro de los retos de la cartera será garantizar el acceso a los servicios de consulta y plantear lineamientos para que dependiendo de los meses de gestación haya una EPS u hospital asignado.
La interrupción del embarazo es un derecho sexual, plenamente documentado y legalizado en todos los países.
La labor no solo termina ahí. González afirma que hay que garantizar que la solicitud de las menores de 14 años sea autónoma, que en todas las entidades prestadoras de salud se acate la ley y se realicen los procedimientos y eliminen las barreras que no permiten el cumplimiento de lo estipulado por el Ministerio.
“Es obligación de EPS, IPS y Ministerio de Salud hacer que sea una cuestión de obligatorio cumplimiento en un tiempo pertinente, que no haya pacientes que se pongan en riesgo y tomen decisiones equivocadas porque le pusieron muchas trabas”, concluyó.