¿Bono de alimentación para trabajadores? ABC del proyecto que comenzará discusión en Cámara
Al proyecto le fueron asignados los representantes que serán los ponentes para la discusión del articulado.

Karol Galindo
10:31 p. m.
En la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes comenzará la discusión del proyecto de ley que busca crear y legalizar un beneficio alimentario que las empresas tengan que entregarles a los trabajadores.
La representante del Pacto Histórico, María Fernanda Carrascal, dio a conocer que será ponente del primer debate del proyecto junto al representante del Partido Liberal, Héctor Chaparro, en la Comisión.
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“El proyecto de mi autoría tiene el objetivo de asegurar el acceso de las familias trabajadoras a una alimentación adecuada para mejorar sus condiciones nutricionales, fortalecer su salud, prevenir enfermedades, aumentar la productividad y reducir el ausentismo laboral”, aseguró Carrascal en su cuenta de X.
¿Qué es el bono alimentario?
El proyecto establece la creación del bono alimentario para los trabajadores que constaría de un beneficio de alimentación al trabajador, un auxilio alimentario para la niñez y otros aspectos que contemplaría la ley, esto con el objetivo de fortalecer la salud, prevenir enfermedades, aumentar la productividad y reducir el ausentismo laboral.
¿Quiénes se beneficiarían?
El proyecto completa como beneficiarios a las personas que reciban como sueldo hasta dos salarios mínimos legales, sin embargo, si las empresas lo quisieran así, también podrían entregar el beneficio a las personas que tengan un salario mucho más alto.
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“Para los trabajadores que por las jornadas laborales que ejecuten en su contrato de trabajo devenguen menos de un salario mínimo, la prestación se pagará en la proporción al tiempo efectivamente laborado en el mes”, se lee en el proyecto.
¿Cómo sería entregado el bono?
La empresa será la que decida cómo entregar el beneficio que podrá hacerse bajo tres modalidades: en comedores o casinos de las empresas, restaurantes administrados por terceros o la entrega de bonos de alimentación por medio de vales o cupones. El beneficio no podrá entregarse en dinero en efectivo.
“El beneficio de alimentación NO constituye salario en especie para ningún efecto legal, NO hace parte de la base para liquidar aportes parafiscales y será tratado como un gasto laboral, el cual será DEDUCIBLE en los términos y condiciones que se establecen en la ley”, aseguró Carrascal en su cuenta de X.
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El trámite del proyecto comenzará en la Comisión Séptima de la Cámara para posteriormente pasar a la plenaria.