Consejo de Estado admite tutela para debatir reformas en el Congreso pleno y frenar consulta popular
De acuerdo con lo expresado en el documento, el tribunal evaluará si existió una vulneración a los derechos fundamentales.

Noticias RCN
06:10 p. m.
El Consejo de Estado admitió una tutela con la que se busca que el Congreso de la República dé marcha atrás al archivo de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado para debatirla en plenarias y que por consiguiente, se frene la consulta popular anunciada por el Gobierno Nacional.
Adicionalmente, el accionante solicita que el alto tribunal aplique la excepción de inconstitucionalidad al artículo 2 de la Ley 754 de 2002, pues indica que este permite a los congresistas no debatir las reformas sociales como las de salud y educación.
Señala que se vulneraron sus derechos fundamentales, pues al convocar una consulta popular que no tiene garantías de ser efectiva, puede ser un desperdicio de recursos. Además, indicó que ocho senadores no pueden decidir por millones de ciudadanos que eligieron al presidente y los demás congresistas.
¿Qué dice la tutela admitida con el Consejo de Estado?
"El señor Breyner Aaron, actuando en nombre propio, promovió acción de tutela contra el presidente de la República y la Comisión Séptima del Senado con la que pretende el amparo de los derechos fundamentales a elegir y ser elegido, al voto, a la soberanía popular y a la participación ciudadana".
"Para el accionante, la trasgresión de sus garantías constitucionales se materializó, por parte del presidente de la República debido a que comunicó en sus redes que llevaría a cabo una consulta popular para sacar avante la reforma laboral lo que para el actor genera un alto costo del erario".
"Por parte de la Comisión Séptima del Senado debido a que archivó del proyecto de ley de reforma laboral. Asimismo, por parte del Congreso de la República, por no culminar el debate de las reformas a la salud y a la educación".
¿Qué sigue después de admitir la tutela en el Consejo de Estado?
De acuerdo a lo expresado en el documento emitido por el alto tribunal, se notificó al presidente Petro y a los integrantes de la Comisión Séptima del Senado para que "al término de dos (2) días, contados a partir de la notificación de esta providencia, se refieran a sus fundamentos y puedan allegar las pruebas y rendir los informes que consideren pertinentes".
Además, se notificó a terceros que serían tenidos en cuenta en calidad de terceros con interés jurídico legítimo, como lo son el presidente del Senado de la República y los Ministerio del Trabajo, Salud y de Educación.