Corte Suprema no ha sido notificada del fallo de la Corte IDH contra Colombia por caso del exministro Saulo Arboleda
Según el tribunal, se vulneraron las garantías del debido proceso durante el juicio, lo que marca un precedente que podría influir en cientos de fallos similares.
Noticias RCN
04:12 p. m.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este 22 de noviembre una decisión histórica al ordenar al Estado colombiano reabrir el caso del exministro de Comunicaciones Saulo Arboleda Gómez, condenado en 2000 por el escándalo conocido como el 'Miti Miti'.
Según el tribunal, se vulneraron las garantías del debido proceso durante el juicio, lo que marca un precedente que podría influir en cientos de fallos similares.
El caso, que se originó en 1997, implicaba a Arboleda y al entonces ministro de Minas, Ómar Rodrigo Villamizar, en una conversación sobre la adjudicación de una emisora radial en el Valle del Cauca.
Aunque Villamizar fue absuelto, Arboleda fue condenado a cuatro años y medio por interés ilícito en celebración de contratos.
Durante décadas, el exministro argumentó que la grabación que sirvió de base para su acusación era ilegal y que nunca tuvo oportunidad de apelar la sentencia.
Lo que revela el documento publicado por la Corte IDH
Tras varios intentos fallidos en instancias nacionales, Arboleda llevó el caso ante organismos internacionales, logrando que la Corte IDH reconociera la falta de garantías procesales.
El fallo, de 89 páginas, subraya que todos los procesados, incluidos los aforados constitucionales, tienen derecho a recurrir decisiones judiciales.
Este pronunciamiento podría impactar a más de 250 condenados en única instancia bajo la normativa anterior, abriendo la puerta a la revisión de sus casos.
Aunque Colombia ha avanzado en la adopción de medidas, como la creación de salas de doble instancia en 2018, la Corte IDH señaló que estas no se aplicaron retroactivamente para proteger casos previos.
Arboleda calificó la decisión como un acto de justicia, afirmando que su condena fue injusta y carente de pruebas suficientes.
Entretanto, la Corte Suprema de Justicia deberá ahora reevaluar el fallo, marcando un hito en el acceso a derechos procesales en el país.