¿Terrorismo o vandalismo? Esto opina uno de los magistrados sobre el caso 'Epa Colombia'
La influenciadora, condenada a 63 meses en prisión, aceptó los cargos por la destrucción de una estación de Transmileno a finales de 2019.
Noticias RCN
04:03 p. m.
En las últimas horas del 12 de agosto, se dio a conocer la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de penalizar a Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’, con 63 meses y 15 días de prisión, una multa de 492 salarios mínimos y la imposibilidad de continuar ejerciendo su trabajo de influenciadora en redes sociales, por los cargos de perturbación en el servicio de transporte público, daño al bien ajeno e instigación a delinquir con fines terroristas.
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Frente a esto, dos de los magistrados encargados del caso se mostraron de acuerdo. Sin embargo, Juan Carlos Arias, el tercer magistrado, hizo saber su inconformidad frente a la sentencia afirmando en un salvamento de voto que, en su opinión, Daneidy Barrera no actuó con fines terroristas, sino vandálicos.
Adicionalmente, el magistrado puso sobre la mesa ejemplos de las demás manifestaciones que se llevaron a cabo en Bogotá el mismo día del video de la imputada, afirmando que no se tiene evidencia de que estos hubieran sido provocados por lo que hizo ‘Epa Colombia’.
Cabe recordar que en el marco del paro nacional de noviembre de 2019, ‘Epa Colombia’ subió a sus redes sociales un video en el que aparecía rompiendo puertas y registradoras de la estación de Transmilenio ‘Molinos’. Este hecho, hizo que se le acusara por actos de vandalismo por lo que hoy se encuentra en medio del mencionado proceso penal.
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En esta ocasión, la Sala de Decisión agregó que el video publicado por la influenciadora representó un daño mayor debido a la cantidad de seguidores y la credibilidad que posee.
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