Se prorrogó el decreto en el que se estipulan restricciones nocturnas para fortalecer la seguridad en Bogotá

El alcalde Carlos Fernando Galán explicó que, desde que se estableció el Decreto, se redujo el porcentaje de múltiples delitos cometidos en las noches y madrugadas.


Foto: Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá.

Noticias RCN

agosto 31 de 2024
08:28 a. m.
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Carlos Fernando Galán, el alcalde de Bogotá y Gustavo Quintero Ardila, secretario de Gobierno de la capital, firmaron el 30 de agosto la prórroga del Decreto Distrital 119 de 2022, en el que se estipularon medidas transitorias y preventivas para la conservación de la seguridad y el orden público en la ciudad.

“El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de publicación”, aclararon. Además, tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2025.

El Decreto se firmó en el 2022 con el objetivo de consolidar redes de cuidado para el gremio nocturno de Bogotá y mitigar las acciones violentas durante esas últimas horas de la jornada.

Esto es lo que planteó la Alcaldía de Bogotá en el Decreto Distrital 119 de 2022, para la seguridad de la ciudad

Entre los articulados que continúan vigentes y fueron prorrogados, se encuentra la restricción para permanecer en los parques, corredores ambientales y plazas urbanas entre las 10:00 de la noche y las 4:00 de la mañana del día siguiente. Además, en ese mismo inciso también se recalcó que está prohibido consumir bebidas alcohólicas en esos espacios.

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“Esto en aras de garantizar la convivencia pacífica, la tranquilidad y las condiciones de seguridad para los habitantes de la ciudad”, especificó la Alcaldía de Bogotá.

Por otra parte, en el Decreto 119 de 2022 se decidió que el expendio de bebidas alcohólicas podrá realizarse entre las 10:00 de la mañana y las 5:00 de la mañana del día siguiente, siempre y cuando el establecimiento cuente con un frente de seguridad coordinado por la Policía de Bogotá. De lo contrario, el horario que tendrá que acatarse es de 10:00 de la mañana a 3:00 de la madrugada.

“El expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos de comercio aledaños a centros educativos universitarios localizados en un perímetro circundante de 200 metros, entre la calle 1a y la calle 82, y entre la avenida circunvalar y la carrera 17, no podrá llevarse a cabo entre las 5:00 de la mañana y las 3:00 de la tarde”, se añade.

Adicionalmente, en el caso de los restaurantes que operen en esas áreas, solo podrán venderse bebidas embriagantes en esa franja horaria siempre y cuando se pidan para acompañar una comida.

La Alcaldía de Bogotá enfatizó que cada uno de los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas tiene la responsabilidad de crear estrategias que permitan que se eviten las riñas al interior del espacio que administran. Aunque, para los que están en Lourdes, la Zona Rosa, la Zona T, Hipotecho, Modelia, Subazar y Galerías, esas metodologías tienen que construirse junto a la Policía Metropolitana de Bogotá.

¿Cuáles han sido los resultados del Decreto Distrital 119 de 2022 en materia de seguridad para Bogotá?

“Las medidas implementadas en las zonas de rumba de la ciudad han mostrado ciertos resultados positivos sobre la seguridad y convivencia, pero los hallazgos siguen siendo mixtos”, se concluye en la nueva prórroga del Decreto.

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“Se observó en el primer año de intervención una reducción del 42,9% en homicidios por razones de convivencia, del 19,3% en lesiones personales, del 5,0% en hurto por atraco y del 10,7% en hurto de celulares”, detallaron.

Carlos Fernando Galán y Gustavo Quintero explicaron que el Decreto se radicó en el momento en el que se descubrió que las zonas de expendio de alcohol eran propensas a la concentración de delitos y que gran parte de las actividades ilícitas se venían realizando entre las 12:00 de la madrugada y las 5:59 de la mañana.

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