Los límites que tendrán los bancos y otras empresas con la ley 'Dejen de fregar'

Juan Carlos Wills, representante a la Cámara y líder de la iniciativa, dio más detalles del proyecto a Noticias RCN.


Noticias RCN

mayo 30 de 2023
10:24 a. m.
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El proyecto 'Dejen de fregar' está a punto de convertirse en ley. Luego de haber sido probado por la plenaria del Senado en el Congreso de la República, está a la espera de sanción presidencial para que entre en vigencia. 

La ley regulará las llamadas telefónicas de bancos y otras empresas comerciales que llaman con insistencia a los ciudadanos para ofrecer sus servicios. Ahora, estas entidades solo podrán llamar en un rango de horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. de lunes a viernes, y de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. los sábados. 

Juan Carlos Wills, representante a la Cámara por el Partido Conservador fue quien lideró la iniciativa y habló con Noticias RCN para dar más precisiones sobre lo que podrán hacer y lo que no podrán hacer estas empresas de ahora en adelante a la hora de llamar a ofrecer servicios. 

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¿Para quiénes aplican estos horarios y estas clasificaciones de la Ley Dejen de fregar?

Aplican absolutamente para todos, incluso para las empresas de telefonía celular. Todas las empresas que están hoy supervisadas por la Superintendencia Financiera y además por la superintendencia de Industria de Comercio. Esto quiere decir que las instituciones no pueden a mandar promociones tampoco en los fines de semana. Va a haber una base de datos que si un usuario quiere recibir algún tipo de información se puede inscribir y puede quedar en la lista para que les puedan enviar cualquier tipo de información. Las entidades financieras también tienen una posibilidad y es que una vez se firme un contrato financiero, el consumidor financiero podrá decidir, posterior a la firma para que no sea abuso del poder dominante de la institución financiera. Esto porque hay muchos casos en donde los trabajadores no pueden recibir llamadas, en el caso de los médicos cuando están prestando turno bueno. Hay muchas profesiones que de pronto no pueden recibir llamadas durante el espacio laboral y lo puedan hacer por fuera de ese horario laboral.

Queda claro que hay unos horarios para hace las llamadas. ¿Cuántas llamadas le pueden hacer en ese periodo?

Una vez contactado el consumidor financiero no lo puede volver a contactar durante toda la semana. Yo creo que ese es un tema importantísimo. Si lo necesita, lo puede buscar por medio de correo electrónico. Si se identifica que el usuario tuvo acceso al correo electrónico y lo leyó, no lo pueden volver a contactar durante toda la semana por ese mismo medio. Es un tema muy importante, no pueden estar atosigando en el horario laboral tampoco el consumidor financiero, sino que esto queda supremamente restringido.

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¿Qué tipo de limitaciones se le pone en esta ley al tema de tratamiento de datos?

Todavía seguimos padeciendo este problema porque realmente lo que hay es un comercio negro de bases de datos interminable. Ha sido un tema bastante complejo de discutir. Lo que estamos tratando en esta ley, es evitando que los consumidores financieros de bienes y servicios, lo sigan contactando bajo todas esas modalidades. Incluso, lo único que nosotros permitimos en esta ley para que puedan contactarlos al Consumidor Financiero fuera del horario laboral es cuando hayan sido víctimas o sean posibles víctimas de alguna estafa con algún producto financiero que tenga este consumidor. Yo creo que es la única forma, pero frente al tema de los listados es realmente un tema que tenemos que seguir luchando porque hay un comercio negro de bases de datos que ha sido muy difícil de combatir.

Si un ciudadano recibe una llamada de un banco o de una entidad financiera fuera del horario establecido por la ley, ¿a dónde puede llamar y a quién puede llamar para que dejen de fregar?

Si es una llamada de una institución que pertenece a la Superintendencia Financiera. Es decir, si es de un banco, si es de una entidad que está haciendo algún tipo de cobro, lo puede hacer ante la Superintendencia Financiera. La pena debe incurrir en falta grave, que esto da sanciones hasta de 5.000 SMLMV. Si es una institución, por ejemplo, como las empresas de telefonía móvil que son hoy las que más atosigan a los colombianos, pues la pueden hacer ante la Superintendencia de Industria y Comercio bajo la misma modalidad.

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