Estaría listo decreto para autorizar transferencias monetarias a familias wayúu que cumplan estas condiciones
El Departamento de Prosperidad social será el encargado de identificar los hogares en La Guajira que podrán beneficiarse de estas transferencias.
Noticias RCN
10:39 a. m.
Aunque la Corte Constitucional dijo que era inexequible el decreto mediante el cual el presidente Gustavo Petro había declarado emergencia económica en La Guajira, también pidió al Gobierno y al Congreso acciones urgentes para subsanar la crisis en esta región del país.
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Listo decreto que da transferencias a hogares Wayúu
Respondiendo a esta petición, se conoció el decreto para autorizar las transferencias monetarias a familias wayúu que cumplan estas condiciones:
- Familias que pertenezcan a comunidades wayúu, que vivan en La Guajira y que tengan niños menores de 6 años o dentro de sus miembros a una madre gestante.
- Que dichos niños, niñas, madres gestantes o titulares no integren más de una familia beneficiada.
- No estar registrados como beneficiarios activos del programa Familias en Acción “Tránsito a Renta Ciudadana”.
- No superar el umbral de la pobreza
El Departamento de Prosperidad social será el encargado de identificar los hogares en La Guajira que podrán beneficiarse de estas transferencias.
“Para acreditar que las unidades de intervención identificadas pertenezcan a la comunidad Wayuu, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social tomará como cierta la información reportada en las fuentes de identificación, siempre que en estas se marquen como miembros de esta comunidad, en los demás casos, se certificará únicamente por la autoridad indígena de la comunidad debidamente acreditada por las autoridades correspondientes”, se lee en el decreto.
Las razones por las cuales una familia wayúu quedaría inhabilitada para recibir la transferencia
También se especifican algunas razones por las que un hogar no califica para la transferencia, por ejemplo, si hay indicios de fallecimiento de niños y niñas en primera infancia, de la madre gestante o de la persona titular de la unidad de intervención, a quien se le programará la transferencia monetaria no condicionada. A esto se suman presuntas inconsistencias en documentos de identidad de menores registrados, de la madre gestante o de la persona titular de la unidad de intervención. Por último, si hay duplicidad de los registros de menores, también se inhabilita al hogar.
Este decreto solo necesitará la firma del presidente para ser un hecho.