Luis Alberto Álvarez Parra es el nuevo presidente del Consejo de Estado para 2025
Anteriormente, se desempeñaba como vicepresidente de la corporación. Su anterior cargo será ocupado por Alberto Montaña Plata.
Noticias RCN
05:56 p. m.
La Sala Plena del Consejo de Estado eligió a Luis Alberto Álvarez Parra como presidente de la corporación para 2025. Además, Alberto Montaña Plata será el vicepresidente del mencionado tribunal.
Ambos cargos son elegidos de manera anual en el Consejo de Estado y pueden ser reelegidos de manera indeterminada.
Álvarez Parra, anterior vicepresidente de la corporación, llega en reemplazo del actual presidente, Milton Chaves García.
¿Quién es el nuevo presidente del Consejo de Estado?
Luis Alberto Álvarez Parra es abogado de la Universidad Santo Tomás y cuenta con una maestría en Gobierno Municipal, Universidad Externado de Colombia. Asimismo, es especialista en derecho público, derecho contencioso administrativo, contratación estatal, derecho administrativo, derecho constitucional, filosofía del derecho y teoría jurídica y es candidato a doctor en derecho en la Universidad Externado.
Se ha desempeñado como magistrado en los tribunales administrativos de Cundinamarca y Meta; delegado departamental de Cundinamarca, Caldas, Arauca, Tolima y Meta de la Registraduría, jefe de la División de Personal de la Contraloría General de la República sede Bogotá y personero municipal de Cumaral, Meta.
Por su parte, Montaña Plata es abogado de la Universidad Externado de Colombia, doctor de la Escuela de Derecho Administrativo y Ciencia de la Administración (SPISA) de la Universidad de Bolonia (Italia) y tiene un postdoctorado en Derecho Público de la Universidad de Pisa (Italia).
¿Cuáles son las funciones del presidente del Consejo de Estado?
Según el Consejo de Estado el presidente de la corporación se encarga de:
- Orientar y coordinar las relaciones con las demás ramas y órganos del poder público.
- Convocar y presidir las sesiones de la Sala Plena, de la Sala de Gobierno y de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo cuando pertenezca a esta.
- Tramitar y decidir los asuntos que sean de su competencia, como los derechos de petición presentados a la Corporación y que no deban ser decididos por otro consejero, sala o sección.
- Tramitar las quejas disciplinarias en contra del Procurador General de la Nación que deban decidirse por la Sala Plena de la corporación.
- Participar en la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial.
- Intervenir ante el Congreso y la Corte Constitucional, cuando se considere necesario.
- Velar porque los consejeros, secretarios y demás empleados de la corporación desempeñen cumplidamente sus funciones.
- Resolver los conflictos de competencia entre las secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corporación.
- Verificar el reparto de los asuntos y el sorteo de los conjueces.
En caso de que el presidente no pueda cumplir dichas funciones, serán asumidas por el vicepresidente.