¿Se puede prestar servicio militar con tatuajes o expansiones? El Ejército respondió
Cientos de jóvenes que buscan incorporarse a las fuerzas militares tienen dudas sobre si los cambios de apariencia serían un impedimento.

Noticias RCN
05:00 p. m.
Cada año, miles de jóvenes buscan definir su situación militar en la fuerza pública y en el Ejército Nacional siempre tienen puertas abiertas para recibirlos. Desde este jueves 1 de mayo, hay 15.000 cupos disponibles para quienes busquen aplicar.
Así lo confirmó el coronel Hugo Pérez, comandante del Comando de Reclutamiento y Control de Reservas, en diálogo con La FM de RCN Radio. "El Ejército Nacional aperturó la convocatoria de incorporación a quienes deseen prestar el servicio militar, hombres y mujeres entre los 18 años y hasta faltando un día para los 24, a nivel nacional".
Adicionalmente, señaló que no se tiene en cuenta el grado de escolaridad, pero sí son clave los exámenes médicos, odontológicos y psicológicos para determinar si tienen las aptitudes. Por otro lado, aclaró dudas sobre la apariencia de los aplicantes.
¿Los tatuajes o expansiones se prohíben en el Ejército?
Según Pérez, actualmente el tema de los tatuajes ya está reevaluado y solo hay excepciones excepcionales. "Siempre y cuando no tengan mensajes de extremismo, odio o hagan apología a grupos al margen de la ley, no hay problema".
Lo que se tiene en cuenta es que los jóvenes no tengan tatuajes en el rostro y que los que tengan no sean alusivos a estructuras criminales como el ELN o Clan del Golfo. Asimismo, tampoco figuras polémicas como "una esvástica o una cruz al revés".
En cuanto al tema de los piercings o expansiones, señaló que basta con retirárselas mientras se está en servicio, pero las expansiones demasiado grandes sí impedirían que sean admitidos.
¿Qué temas de salud podrían impedir entrar al Ejército?
"Dentro del examen médico hay una serie de excepciones. Básicamente el tema de columna, el pie plano, hay un rango de tolerancia en la visión para quienes tengan gafas", comentó el uniformado.
En general, se tienen en cuenta las siguientes consideraciones.
- Condiciones físicas y sensoriales:
- Limitaciones físicas permanentes: Cualquier condición que limite de manera significativa la movilidad, fuerza o resistencia física.
- Deficiencias sensoriales: Problemas graves de visión o audición que no puedan ser corregidos adecuadamente.
- Enfermedades y trastornos:
- Enfermedades neurológicas: Epilepsia, esclerosis múltiple, migrañas severas, entre otras.
- Trastornos psiquiátricos: Esquizofrenia, trastorno bipolar, depresión mayor, trastornos de ansiedad severos, trastornos de la personalidad que afecten el funcionamiento.
- Enfermedades cardiovasculares: Cardiopatías, hipertensión arterial no controlada, entre otras.
- Enfermedades respiratorias: Asma severa, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), fibrosis quística.
- Enfermedades del sistema digestivo: Enfermedades inflamatorias intestinales crónicas, úlceras pépticas complicadas.
- Enfermedades endocrinometabólicas: Diabetes mellitus no controlada, hipertiroidismo o hipotiroidismo severo.
- Enfermedades hematológicas: Anemias severas, trastornos de la coagulación.
- Enfermedades infecciosas crónicas: VIH/SIDA, tuberculosis activa.
- Enfermedades autoinmunes: Lupus eritematoso sistémico, artritis reumatoide con compromiso funcional significativo.
- Cáncer: Cualquier tipo de cáncer activo o en remisión reciente que pueda recaer o afectar la capacidad física.
- Trastornos de la piel: Enfermedades dermatológicas crónicas y severas que limiten la función o puedan empeorar con las condiciones del servicio militar.
- Otras condiciones: Obesidad mórbida con comorbilidades significativas, trastornos alimenticios severos, anomalías congénitas que afecten la función.
- Otras consideraciones:
- Consumo de sustancias psicoactivas: El uso activo o la dependencia de sustancias que alteren la capacidad física o mental.
- Tratamientos médicos: Estar bajo tratamientos médicos continuos que puedan interferir con las actividades del servicio militar.