Estos son los dos derechos que no pueden prohibir los colegios a estudiantes en Colombia: ley lo respalda
Tanto colegios oficiales, como privados no pueden negarle esto a los estudiantes.

Noticias RCN
05:57 p. m.
En Colombia, tanto los colegio oficiales, como los privados, están bajo la inspección y regulación del Ministerio de Educación. Este se encarga de velar por los derechos fundamentales de los estudiantes.
Como es sabido, en muchas instituciones se rigen algunas normas bajo el manual de convivencia. Allí, se exige el código de vestimenta para los alumnos donde se rige con un uniforme o sudadera escolar.
Sin embargo, la ley colombiana ampara a los estudiantes en dos derechos que no pueden ser vulnerados por los colegios.
Estos son los dos derechos que no pueden ser vulnerados por los colegios
La normativa, que busca garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los estudiantes, establece límites claros a las facultades de las instituciones educativas para imponer restricciones que afecten la libre expresión de la personalidad y el derecho a la educación.
La legislación, cuyo texto completo aún se está socializando entre las instituciones, ha trascendido por sus implicaciones directas en dos aspectos sensibles de la vida escolar: la imposibilidad de prohibir el uso de elementos relacionados con la identidad personal y la restricción al acceso a la educación por motivos económicos o de apariencia.
Según expertos en derecho constitucional y educativo, la ley se fundamenta en la prevalencia de la Constitución Política y los tratados internacionales de derechos humanos sobre los reglamentos internos de los colegios, incluyendo los manuales de convivencia.
Esto significa que aquellas normas institucionales que contravengan derechos fundamentales como la libre expresión, la igualdad y el acceso a la educación, carecerán de validez y no podrán ser aplicadas.