Estas son las personas que estarán exentas de encuesta en Sisbén para entrega de subsidios en 2024

Hay personas que no deben hacer el trámite para entregarles el dinero como ayuda económica.


Estas son las personas que estarán exentas de encuesta en Sisbén para entrega de subsidios en 2024
Foto: Pixabay

Noticias RCN

enero 03 de 2024
03:13 p. m.
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Año a año el gobierno nacional brinda ciertos subsidios a la población más vulnerable en el país que encuentran en ellos un sustento para su diario vivir. Por lo general, estas ayudas se expiden con base en la valorización de los hogares que realiza el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén).

Dicho programa es un requisito obligatorio para acceder a los subsidios. De acuerdo a lo conocido, estos montos tendrán varios cambios con la transición al nuevo año, como la implementación del pico y cédula para entregar varios como Colombia Mayor.

No obstante, para reclamar estas ayudas se deberá cumplir con una encuesta que para muchos ciudadanos que no conocen, esta no es necesaria para algunas. Esto según el Ministerio de Salud y Protección Social. 

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Personas que no deben hacer la encuesta para acceder al subsidio

En la primera parte del listado figuran los menores de edad que, están en proceso de restablecimiento de sus derechos y que han sido desvinculados del conflicto armado bajo la protección del Icbf.

En cuanto a la población adulta hay un sinnúmero de personas que no deben realizar este proceso para acceder a la ayuda. Personas que dejen de ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional son unos de los exentos.

Además, los adultos mayores de escasos recursos y en estado de abandono en centros de protección. Otros que están exentos de ello son los migrantes colombianos repatriados, que han retomado voluntariamente al país, o han sido deportados o expulsados de Venezuela y su núcleo familiar.

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Otras personas que no necesitan de ello

  • Población privada de la libertad a cargo de entidades territoriales del orden departamental, distrital o municipal e inimputables por trastorno mental en cumplimiento de medida de seguridad.
  • Adultos con discapacidad entre 18 y 60 años, de escasos recursos y en estado de abandono, que se encuentren en centros de protección.
  • Población desmovilizada y/o miembros que celebren acuerdos de paz con el gobierno nacional, su núcleo familiar, cuando el cabeza de familia fallezca, se mantendrá la afiliación de su núcleo familiar.
  • Comunidades indígenas incluida la población recluida en centros de armonización.
  • Víctimas del conflicto armado incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
  • Población Rom.
  • Personas incluidas en el programa de protección a testigos.
  • Población privada de la libertad a cargo del Inpec en prisión domiciliaria, que no pertenecen al Régimen Contributivo o a un Régimen Especial o de Excepción.
  • Voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana y cuerpo de bomberos, así como su núcleo familiar, salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Régimen Contributivo.
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