Mindefensa cumplió “en estricto sentido” con orden de ofrecer excusas por abusos: Tribunal de Bogotá
Así lo determinó el tribunal ante una tutela que denunciaba el incumplimiento de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia, sobre la solicitud de excusas por el uso desmedido de la fuerza por parte de la Policía.
Noticias RCN
03:28 p. m.
A través de un fallo emitido el pasado 14 de octubre, los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá respondieron a la tutela en primera instancia presentada por un grupo de ciudadanos, en el que se reclamaba por el supuesto incumplimiento, por parte del ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, de lo establecido en el numeral 4 de la sentencia STC7641 de 2020, emitida por la Corte Suprema de Justicia.
En dicha sentencia se le obligaba al ministro a presentar excusas por los supuestos abusos de fuerza por parte de las autoridades policiales, en el marco de las acciones adelantadas para controlar las jornadas de protestas civiles del pasado mes de noviembre de 2019.
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Después de analizar el material con el que se soportaba la tutela, en su fallo, los magistrados determinaron que dicha obligación, sobre la que pesaba el señalamiento de incumplimiento, había sido ya cumplida por el ministro de Defensa, “en estricto sentido”, en el marco de una intervención pública ante el pleno de la Cámara de Representantes, el pasado 7 de octubre de 2020.
De acuerdo con lo señalado por el Tribunal de Bogotá, en aquella oportunidad, el encargado de la cartera de Defensa señaló que:
“Con el propósito de que no quede duda alguna de mi sujeción estricta a la Constitución y la Ley, así como a mi genuina intención de pedir perdón, me permito reiterar que, en cumplimiento de la Sentencia de tutela Radicación 11001-2203- 000-2019-02527-02, de fecha 22 de septiembre de 2020, y auto proferido por el Tribunal de Bogotá Sala Civil de hoy, 7 de octubre de 2020 y comunicado al Ministerio de Defensa Nacional a las 6:44 p.m., me permito reiterar que presento disculpas por los excesos de la Fuerza Pública, en especial aquellos cometidos por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional – ESMAD-, durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre de 2019”.
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Para el alto tribunal, esta declaración representó un evidente cumplimiento de la obligación dictada por la Corte, destacando que a su vez, y por la naturaleza del espacio en que se pronunció el ministro, respondía a la orden de que este mensaje fuera emitido de forma masiva a través de radio, televisión y redes sociales, factores que se cumplen, pues la sesión en cuestión estaba siendo televisada y transmitida a través de medios digitales por los canales institucionales al servicio del Congreso de la República.
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