Paso a paso: Así puede descargar el impuesto vehicular si ha tenido inconvenientes
El Distrito habilitó un botón en la Secretaría de Hacienda para expedir la factura correspondiente al pago obligatorio.
Noticias RCN
12:45 p. m.
En Bogotá hay 2,3 millones de vehículos obligados a pagar impuestos, de los que al menos 80.000 no cuentan con una factura tributaria disponible para realizar el respectivo pago de sus compromisos vehiculares para el 2022.
El principal inconveniente radica cuando los conductores no encuentran la factura en la 'Oficina Virtual' de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) ni en el botón 'Descarga y paga ya Predial y Vehículos'; esto ocurre porque la entidad cuenta con la información completa y actualizada del vehículo.
Descargue la factura del impuesto vehicular sin inconvenientes
El Distrito habilitó un listado con las placas que corresponden a los más de 80.000 vehículos de los conductores que no han podido acceder a su factura tributaria. Conozca cuál es el paso a paso para descargar el documento:
- Ingresar a al portal web de la Secretaría de Hacienda
- Hacer clic en ‘Solicitud de facturas para impuesto de Vehículos’
- Revisar si se encuentra en el listado de placas que no han descargado la factura tributaria
- Actualizar los datos del vehículo
- Descargar la factura electrónica del impuesto vehicular 2022
Si su vehículo es modelo 2022 no estará dentro del listado habilitado puesto que las placas del año se facturan para 2023.
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Otros tips que debe tener en cuenta
- Para ingresar al botón ‘Solicitud de facturas para impuesto de Vehículos’ debe digitar en letras mayúsculas una contraseña que corresponde a la placa de su vehículo
- Luego tendrá que completar el formulario con datos personales, tarjeta de propiedad, número de cédula o NIT y marca, placa, línea específica, carrocería, cilindraje y modelo del automotor.
- La cédula y la tarjeta de propiedad deben adjuntarse en PDF debidamente marcados con el nombre completo o el número del documento de identificación del conductor.
- Una vez completado el registro, el contribuyente podrá consultar cinco días hábiles después en la ‘Oficina Virtual’ o en el botón de ‘Descarga’.
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