Comparendos de tránsito: cómo responder para que no se le vuelvan un dolor de cabeza

El presidente de la Veeduría de Movilidad aclaró varias dudas en relación a cómo deben ser entendidas y canceladas estas sanciones.


Policía de Tránsito hace presencia en las principales vías del país.
Foto: @TransitoPolicia

Noticias RCN

junio 27 de 2021
12:14 p. m.
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Bajo la premisa de que, "ningún comparendo se puede cobrar en el país. Debe imponerse la sanción por la vía administrativa, generar el Mandamiento de Pago y demostrar la culpabilidad del imputado", el veedor César Augusto Pinzón Correa, realizó una transmisión por medio de las redes sociales de la entidad para solucionar varias dudas de la ciudadanía. 

La incógnita más frecuente suele ser la del pago, pues se cree que un comparendo es directamente proporcional a una sanción económica, lo que resulta no ser siempre acertado. Sucede que el comparendo responde a una citación para que el involucrado se presente ante las autoridades correspondientes y sean estas las que definan la sanción solo si se confirma. 

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Por otra parte, el funcionario confirmó que lo que sí responde a un pago monetario son las multas, que obedecen a faltas cometidas por los actores viales y que solo son castigadas económicamente.

Pinzón Correa recomienda a los ciudadanos dos detalles de suma importancia, asegura él. Uno es dirigirse a la Secretaría de Movilidad en donde deberá comparecer por el comparendo que haya recibido y allí ejercer su derecho de defensa y contradicción, antes de realizar cualquier pago. Pero si recibe una multa, esta sí deberá cancelada entre los plazos establecidos por las autoridades. 

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Por otra parte, asegura que, si cree que hubo irregularidades en la aplicación de su multa o comparendo, y estas ya fueron canceladas por el responsable de las mismas, guarde el recibo y así podrá iniciar un proceso para interponer las denuncias correspondientes.

“Hace más de dos años estamos diciendo que no se pueden cobrar comparendos. Hay que abrir los procesos disciplinarios y los procesos penales en contra de los alcaldes, que son las primeras autoridades de tránsito, contra los secretarios de movilidad, los subdirectores y directores de contravenciones, contra las personas que permiten estos cobros”, aseguró Pinzón.

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