Gobierno autoriza a Minminas a suspender o sustituir servicios relacionados con petróleo en el marco de la conmoción interior
El Gobierno Nacional compartió cinco nuevos decretos que se aplicarán en el marco de la conmoción interior por la crisis humanitaria en el Catatumbo.
Noticias RCN
10:01 a. m.
Durante la mañana de este jueves seis de febrero, el Gobierno Nacional compartió varios decretos que entrarán a regir por la grave situación que se viene presentando en el Catatumbo por cuenta de los enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las Farc.
Gobierno expidió nuevos decretos de Conmoción Interior para el Catatumbo
En uno de ellos, en el decreto 0132 del 5 de febrero el año en curso, el Gobierno otorgó al Ministerio de Minas y Energía, las facultades para limitar, suspender o sustituir total o parcialmente los servicios relacionados con el petróleo y sus derivados, combustibles líquidos, gas combustible por redes o gas licuado de petróleo (GLP).
Las acciones pueden ser tomadas con base en reportes de riesgo o solicitudes de los Ministerios de Defensa, Justicia, Interior o de organismos de inteligencia del Estado.
Según el documento, con este decreto, se podría ordenar el cierre temporal de estaciones de servicio (EDS), suspender o limitar temporalmente la comercialización y distribución de combustibles líquidos.
Adicionalmente, suspender las guías de transporte de combustibles líquidos, restringir la distribución de gas licuado de petróleo, entre otros.
Decreto 0131 del 5 de febrero
En el documento que revela los detalles del decreto 0131, según información de Presidencia, “se establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional del 40 % en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías”.
En este caso, se permite la presentación de proyectos en los municipios incluidos en el programa de Desarrollo con Enfoque Territorial del Catatumbo, con entidades territoriales de la región afectada y con los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes.
Por otro lado, en el artículo 2 que refiere los recursos de la Asignación Ambiental, se establece que “el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá distribuir recursos de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías de que trata el numeral 4 del artículo 22 de la Ley 2056 de 2020, del Bienio 2025-2026, para la financiación de proyectos de inversión para la conservación de las áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación”.
Es decir, para proyectos relacionados con conservación de áreas ambientales estratégicas, la lucha contra la deforestación y cualquier otro que considere restablecer condiciones ecológicas y sociales en las zonas afectadas por el estado de conmoción.
Decreto 0133 del 5 de febrero
En este decreto, el Gobierno determinó que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá autorizar el uso del espectro radioeléctrico en los servicios terrestres, fijos y móviles con fines de socorro y seguridad a las entidades públicas y organismos humanitarios.
Con esto, se podrán otorgar permisos a entidades públicas y humanitarias para operar frecuencias con fines de socorro y seguridad, sin necesidad de inscripción previa ni estar al día con obligaciones fiscales.
Sin embargo, una vez finalizada la emergencia, las entidades deberán regularizar su situación y solicitar nuevos permisos si desean seguir operando.
Decreto 0134 del 5 de febrero
En este documento se estableció la suspensión de varias normas como el artículo 2 del Decreto Ley 1146 de 1990, prohibiendo la importación de sustancias químicas controladas a través de la aduana de Cúcuta.
También se determinó que el Ministerio de Justicia asumirá temporalmente la regulación de los cupos de sustancias químicas en los municipios afectados, garantizando una gestión más eficiente y evitando trámites adicionales.
Y finalmente, confirma que se prohibirá la importación de sustancias químicas controladas por la aduana de Cúcuta. De esta manera, las personas que transporten estas sustancias deberán demostrar su origen y destino lícitos.
Decreto 0135 del 5 de febrero
El decreto 0135 del 5 de febrero de 2025 establece facultades extraordinarias para los alcaldes de los municipios afectados de Norte de Santander y Cesar para reorientar rentas no constitucionales y modificar presupuestos para financiar gastos relacionados con la emergencia.
Para esto, se suspenden los términos para reuniones de acreencias y derechos de voto en el marco de la reestructuración de pasivos del municipio de Ocaña durante el Estado de Conmoción.
Además, se permitirá la optimización de los procedimientos para ejecutar recursos y se implementarán medidas tributarias y presupuestales para asegurar la atención a la población afectada.