La multa que se debe pagar si no cede las sillas azules en Transmilenio
El Código de Policía y la normativa de Transmilenio establecen una serie de sanciones y multas económicas por el uso inadecuado de los asientos preferenciales.
Noticias RCN
08:59 a. m.
Los buses, articulados y biarticulados del sistema de transporte masivo Transmilenio tienen dispuestos unos asientos preferenciales diferenciados con el color azul que deben ser utilizados por adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres en estado de gestación y/o con niños.
Sin embargo, esta norma, en la mayoría de los casos no se respeta, pues ante la amplia demanda de pasajeros, muchos hacen uso de esos asientos y cuando son requeridos por una persona en estas condiciones no son cedidos.
Estas conductas pueden generar la aplicación de sanciones y multas para quienes incumplan la normativa de los puestos preferenciales en las unidades de transporte de Sitp y Transmilenio.
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Sanciones por el Código de Policía
De acuerdo con el Código de Policía colombiano, a partir del 30 de enero de 2017, no ceder el asiento a una persona que lo necesita: mujer embarazada, persona en situación de discapacidad, adultos mayorea o niños, podría resultar en una sanción.
El artículo 146 del Código de Policía establece que no ceder el asiento en estas circunstancias llevará a una amonestación, que puede ser realizada en privado o en público.
Esta medida tiene como objetivo concienciar a la persona sobre su comportamiento y sus efectos negativos en la convivencia en el transporte público.
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Multas por no ceder la silla en Transmilenio
- Realizar o permitir el control informal de los tiempos durante el viaje mientras el vehículo está en movimiento.
- Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños o niñas, o personas con discapacidad (esto conlleva una multa general tipo 1, equivalente a cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes).
- Transportar mascotas en vehículos de transporte público sin cumplir con la reglamentación establecida para tales efectos por la autoridad competente (esto conlleva una multa general tipo 2 equivalente a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes).
- Irrespetar la enumeración y los turnos establecidos en los medios de transporte público, así como el sistema de sillas preferenciales, y no ceder el lugar a personas en condición vulnerable (esto resulta en un llamado de atención).