Patrullero del Esmad fue inhabilitado por 18 años por la muerte de un manifestante

La Procuraduría General de la Nación halló que el funcionario tuvo un uso excesivo de la fuerza y sobrepasó los límites establecidos por la ley. ¿Cuáles son sus argumentos?


Foto: AFP.

Noticias RCN

julio 04 de 2024
01:04 p. m.
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La Procuraduría General de la Nación confirmó este 4 de julio que un patrullero que hacía parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) fue destituido e inhabilitado por 18 años. Se trata de Néstor Samuel Pacheco Niño, que es señalado de tener incidencia en la muerte de Jaime Alfonso Fandiño Ariza, un manifestante de 32 años que se encontraba en las protestas que se realizaron el 21 de junio de 2021 en Usme.

“En fallo de primera instancia, el ente de control confirmó que la causa de la muerte fue por el uso de los elementos de dotación del uniformado”, afirmó el Ministerio Público.

¿Cómo fue el actuar del patrullero del Esmad en los hechos ocurridos en la localidad de Usme?

El 21 de julio del 2021, el ciudadano Jaime Alfonso Fandiño Ariza estaba en una marcha desarrollada en Usme y, al parecer, se registró un disturbio con las autoridades y ellos comenzaron a tratar de controlar la situación.

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Sin embargo, en medio de esa coyuntura, el patrullero Néstor Samuel Pacheco Niño disparó un objeto contundente y el ciudadano recibió el impacto en el pecho y quedó afectado.

Tras el hecho ocurrido, Jaime Alfonso Fandiño fue trasladado a un centro hospitalario ubicado en Santa Librada para recibir atención médica inmediata, pero, lamentablemente, llegó sin signos vitales.

¿Cuáles fueron los argumentos de la Procuraduría General de la Nación para destituir e inhabilitar al patrullero del Esmad?

“La entidad comprobó que el disciplinado desbordó sus atribuciones y los límites establecidos en la ley, haciendo uso de las municiones letales de su dotación para controlar los disturbios e impactó así al ciudadano, finalmente, causándole la muerte”, sustentó la Procuraduría General de la Nación.

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Para llegar a esa conclusión, el Ministerio Público conoció los estudios que los expertos les realizaron al cuerpo de la víctima y hallaron que la causa del deceso fue un trauma contundente en la parte izquierda del tórax.

“Hubo vulneración de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad”, concluyó la Procuraduría General de la Nación.

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