Nicolás Petro y Day Vásquez: ¿qué viene para el caso tras la captura?
En entrevista con Noticias RCN, el abogado penalista Rodrigo Parada explicó que pasará judicialmente con el hijo del presidente y su exesposa.
Noticias RCN
02:17 p. m.
En horas de la mañana de este sábado 29 de julio la Fiscalía General de la Nación capturó a Nicolás Petro, hijo del presidente Gustavo Petro, y a su exesposa Day Vásquez por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Para entender más sobre la decisión judicial, Noticias RCN habló con el abogado penalista Rodrigo Parada, quien explicó los diferentes escenarios que van a surgir en el proceso.
¿Cuál podría ser la pena para Nicolás Petro? ¿Qué tan graves son estos delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito?
Son delitos absolutamente graves, lavado de activos y enriquecimiento ilícito terminan siendo comportamientos que tienen una complejidad de lo que tiene que ver con su abordaje. Se invierte la carga de la prueba donde es el acusado el que tiene que justificar el origen lícito de esos dineros.
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La pena va a ser superior a los seis años en caso de hallarse responsable y hay una situación particular y es que, en este contexto, en este tipo de delitos la aceptación de cargos no es posible. Si eventualmente Nicolás o Day quisieran aceptar cargos, tendrían que devolver los dineros que fueron objeto de incremento patrimonial.
Eventualmente, Day o Nicolás van a optar por irse a un juicio, porque de lo contario, el escenario no es nada favorable para ellos.
Las capturas fueron autorizadas por una autoridad judicial pero otro juez tendrá que evaluar si se necesitaba o no una detención preventiva ¿usted qué cree?
Claramente si un juez con funciones de control de garantías consideró que la medida de aseguramiento era una posibilidad, bajo ese presupuesto fue que ordenó la captura.
Ningún juez de la República priva de la libertad sino advierte una inferencia razonable y una probabilidad de que efectivamente a futuro van a presentarse los fines para la materialización de la medida de aseguramiento.
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Será otro juez el que examine si la evidencia es lo suficientemente sólida como para considerar que existe un riesgo futuro de obstrucción a la justicia de peligro para la comunidad o de no comparecencia al proceso.
Sobre el patrimonio de Nicolás Petro hay varias dudas, pero ¿es suficiente con que no se pueda justificar el origen de los recursos que entraron para que el delito se configure? o ¿es necesario probar que esos dineros tenían un origen ilícito?
Frente al tipo penal de enriquecimiento ilícito, la norma plantea que lo comete aquella persona que presente un incremento patrimonial no justificado. Frente al lavado de activos, es una situación un poco más compleja porque debe existir una vinculación o nexo directo con alguna de las conductas que el tipo penal contempla.
De entrada, Nicolás Petro arranca con un gol en contra, por así decirlo, porque tiene que justificar en ese momento de donde provenía el dinero que entiende la Fiscalía y que permiten establecer el detrimento patrimonial.
Pero en este caso hay más personas involucradas ¿no tendrían que ser objeto de alguna acción judicial?
Si y realmente lo que viene después de este evento son unas nuevas capturas. Entiendo yo que hay una persona en La Guajira que eventualmente pudo haber sido aquella que le entregó una serie de dineros a Nicolás Petro y creería que sería una de las personas que estarían ser próximas a ser vinculadas, se conoce con el alias del ‘Hombre Malboro’, quien sería la persona que entregó esos dineros.
¿Qué pasa en el caso de Day Vásquez? Porque ella venía colaborando con la Fiscalía e incluso hizo la denuncia
El hecho de que haya denunciado la situación no implica que no haya cometido el delito. Eventualmente Day pudo haberse favorecido y beneficiado de esos dineros, que ella lo haya denunciado no implica que haya cometido el delito.
Eventualmente Day puede optar por la vía de un principio de oportunidad para convertirse en una testigo de cargo en contra de Nicolás Petro.
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Si existe un incremento patrimonial en manos de Day Vásquez, para poder optar por cualquier mecanismo alterno de finalización del proceso penal debe y tiene que devolver los dineros que han sido objeto del incremento patrimonial.
Estamos a pocos meses de que esta Fiscalía termine su periodo ¿esto jugaría un papel clave a la hora de presentar la terna?
Pienso que sí, indudablemente aquí el presidente tiene una labor muy compleja. La situación y la dinámica en la que se encuentra el país va a ser que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia sea muy cuidadosa.
Si bien es cierto que al final las decisiones las toma un juez, las toma por iniciativa de la Fiscalía y el país ni el continente, ni el mundo va a ver bien que un fiscal amigo del presidente sea el titular de la Fiscalía que procesa al hijo del presidente.