Supuestos miembros del Clan del Golfo amordazaron a familia en su casa para extorsionarlos
Los hechos se presentaron a en Córdoba. Dos menores de edad y dos adultos mayores fueron las víctimas.
Noticias RCN
05:55 p. m.
A la cárcel fue enviado un hombre que habría extorsionado a otro hombre a través de amenazas contra los hijos y los padres de la víctima. Los hechos ocurrieron en el departamento de Córdoba.
El hombre fue identificado como José Manuel Anaya Medina, alias Jacinto, quien fue enviado a prisión bajo medida de aseguramiento por ser el presunto autor del delito de extorsión agravada.
¿Cómo fueron los hechos de extorsión que implican a dos menores y dos adultos mayores?
Según la Fiscalía General de la Nación aseguró que ‘Jacinto’ llegó en compañía de otros hombres y juntos se habrían identificado como presuntos miembros del Clan del Golfo.
“La Fiscalía estableció que alias Jacinto y otros hombres llegaron a una vivienda del sector de Las Bocas en Sahagún (Córdoba) donde se habrían identificado como presuntos integrantes del Clan del Golfo”, aseguró el ente acusador.
Una vez en la residencia, los hombres ingresaron a la parcela de la víctima donde habrían retenido y amordazado a los habitantes de la casa, entre ellos dos menores y dos adultos de la tercera edad; hijos y padres de la víctima, como una manera de presión para que cumpliera las exigencias económicas que le hacían.
“Durante la retención, las víctimas fueron despojadas de los celulares y lo presionaron para asegurar el pago exigido, so pena de ser asesinado”, aseguró la Fiscalía.
Alias Jacinto, fue capturado en flagrancia por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de Córdoba y uniformados del Gaula Militar el pasado 17 de diciembre cuando recibía 7’600.000, al parecer, producto de la extorsión.
¿Qué dice el código penal sobre la extorsión en Colombia?
El Código Penal, la ley 599 de 2000, establece en su artículo 243 es definida como la acción con la que se constriña a otro para obtener un provecho.
“El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para un tercero, incurrirá en prisión de ocho (8) a quince (15) años”, se lee en el artículo.