MinTransporte explica cómo y quiénes pueden instalar cepos en vehículos mal parqueados
El Ministerio de Transporte aclaró que solo agentes de tránsito o policías autorizados pueden poner cepos a los vehículos en zonas de parqueo pago.

Noticias RCN
09:59 p. m.
El Ministerio de Transporte resolvió una de las inquietudes más frecuentes de los conductores en Colombia: ¿Quiénes tienen la autoridad para instalar un cepo a un vehículo?
A través del concepto Radicado No. 20243032053722 del 12 de diciembre de 2024, la entidad confirmó que este procedimiento debe realizarse únicamente en presencia de un agente de tránsito azul o una policía de tránsito debidamente acreditado.
Así respondió el Ministerio de Transporte
La aclaración se produjo luego de una solicitud formal del concejal Julián Forero (conocido como 'Fuchi'), quien cuestionó si los "recorredores" de zonas de parqueo pago, como los de la Terminal de Transportes, podían inmovilizar vehículos por cuenta propia.
La respuesta del Ministerio fue contundente: solo las autoridades de tránsito pueden proceder con bloqueos o retiros de vehículos, de acuerdo con la Ley 769 de 2002 y su modificación en la Ley 1383 de 2010.
¿Cómo deben ser los procesos de inmovilización?
Aunque los municipios y organismos de tránsito tienen la posibilidad de contratar a terceros para ayudar en la aplicación de cepos, la norma establece que siempre debe estar bajo la supervisión de un agente de control.
Esta medida busca garantizar la transparencia en los procedimientos y proteger a los ciudadanos de posibles irregularidades.
"Esperamos que la Secretaría de Movilidad responda a nuestras denuncias, ya que muchos ciudadanos han reportado pagos irregulares y omisión en la entrega de recibos oficiales", expresó el concejal Forero, en referencia a las denuncias por presuntos actos de corrupción en zonas de parqueo.