¿En qué consiste la ley 906 y qué implica para el proceso contra el exsenador Álvaro Uribe?
La ley 906 o sistema penal acusatorio contempla más garantías para los procesados y plantea una figura clave para cualquier etapa del caso.
Noticias RCN
10:15 a. m.
La Corte Suprema de Justicia definió la ley 906 como el sistema que debe adelantar la investigación contra el exsenador y expresidente Álvaro Uribe por los delitos de soborno y fraude procesal.
La ley 906 o sistema penal acusatorio contempla más garantías para los procesados y plantea una figura clave para cualquier etapa del caso: la presencia de un juez de la República que avala cada paso del proceso.
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Es decir, cualquier decisión deberá tener el visto bueno de este funcionario, como la libertad o la práctica de pruebas, entre otras.
“Del sistema penal acusatorio donde hay más posibilidades de definición en cuanto a medidas de aseguramiento que no sean privativas de la libertad del procesado”, dijo el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla Paucar.
El sistema que tenía el proceso era la ley 600 o antiguo sistema y planteaba una plena autonomía del juez. En este caso, la Corte podía definir las pruebas, la libertad del procesado y hasta la acusación sin la necesidad de un control de una autoridad superior.
“El expresidente Álvaro Uribe Vélez debe recuperar inmediatamente su libertad, toda vez que en la ley 600 sí se podía privar de la libertad por parte del magistrado instructor”, añadió Víctor Mosquera, abogado experto en temas internacionales.
En su decisión, la Corte Suprema contó con una mayoría de 19 votos contra 2 y dejó claro que únicamente se limitó a hablar de la competencia sin ir más allá del proceso, es decir, cuál debe ser el curso del proceso queda en manos de la juez 30 de garantías quien deberá retomar la audiencia con la petición de libertad del expresidente Uribe.
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“La Corte Suprema de Justicia ratifica la competencia de la jueza 30 de garantías de Bogotá para resolver la petición de libertad del exsenador Álvaro Uribe Vélez, dentro del proceso por soborno y fraude procesal. Diligencias que deberán continuar por sistema penal acusatorio o ley 906 de 2004”, detalló el alto tribunal.