Advierten que el impuesto predial podría dispararse en Colombia, ¿por qué?
Aumenta la preocupación ante el posible incremento del impuesto predial de ser aprobado el Plan Nacional de Desarrollo.
Noticias RCN
06:18 p. m.
El predial es un impuesto anual que debe asumir todo propietario, poseedor o quien disfrute un bien inmobiliario sin importar el uso de la propiedad. Una responsabilidad que está ligada a las características de la valorización del predio y que, podría disparar su precio debido a un artículo de Plan Nacional de Desarrollo.
Una de sus características principales, es que su base gravable depende el avalúo catastral del bien y está a cargo de los municipios y distritos, su administración y respectivo control. Este recaudo se encuentra a cargo de entidades distritales como las alcaldías, las cuales pueden brindar exenciones tributarias y de igual manera adoptar medidas de adopción de tarifas preferenciales.
Sin embargo, año tras año el impuesto predial debe ser devengado y cuando el avalúo catastral incrementa se puede convertir en un dolor de cabeza para sus propietarios.
Predial aumentaría de precio
Si es aprobado el Plan de Nacional de Desarrollo tal y como está podría aumentar el avalúo catastral que figura como base gravable de este impuesto, por ende, aumentaría automáticamente el pago que de los colombianos. Así lo señala la actual senadora Paloma Valencia, que dentro de este PND, vienen actualizaciones automáticas de los catastros, y por tanto, de los prediales.
Según lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi adoptará las metodologías necesarias, para realizar por una sola vez un ajuste automático de los avalúos catastrales de todos los predios del país, está situación generaría incremento considerable en el impuesto, lo que presionaría el bolsillo de los colombianos en el marco de una coyuntura de inflación y altas tazas de interés.
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Actualizaciones catastrales: ¿cada cuánto se hacen?
Según información brindada por el Departamento Nacional de Planeación estas actualización deben realizarse cada 5 años, sin embargo, este proceso variaría con la implementación de la metodología denominada barrido predial.
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La actualización puede ser hecha de dos maneras:
- Por medio de los procesos catastrales de actualización o de conservación catastral.
- Solicitud directa del propietario ante el IGAC.