Estos son los colombianos que tienen derecho a reclamar la mesada 14 en este 2025
Conozca los requisitos que debe cumplir para reclamar este ingreso.

Noticias RCN
12:25 p. m.
Como es sabido, la famosa Mesada 14, es un pago adicional que será restituida en 2025 para miles de jubilados en Colombia. Este pago equivale a un mes de pensión y se da cada año.
La mesada 14, establecida originalmente en la Ley 100 de 1993, se concibió como un ingreso adicional para los pensionados del Régimen de Prima Media (RPM), actualmente administrado por Colpensiones. Sin embargo, en el año 2005, este derecho fue eliminado para quienes se pensionaron con posterioridad al 31 de julio de 2011.
La buena noticia es que, con la entrada en vigor de la nueva legislación pensional en junio de este año, un importante número de jubilados volverán a ser elegibles para recibir este pago extra en el sexto mes del año.
Ahora, el pago se efectuará en junio, y solo quienes cumplan ciertos requisitos podrán acceder a este beneficio.
Personas que tienen derecho a la mesada 14 en este 2025
Es crucial entender que no todos los pensionados serán beneficiarios de este pago adicional. La normativa establece criterios específicos para determinar quiénes tienen derecho a la mesada 14 en 2025.
Principalmente, los requisitos se basan en la fecha en la que se causó la pensión y el monto de la misma, es decir:
- Pensionados antes del 25 de julio de 2005: Tendrán derecho a la mesada 14 siempre y cuando su pensión mensual no supere los quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
- Pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: 1 Serán elegibles para este pago adicional únicamente si el valor de su pensión mensual es igual o inferior a tres (3) SMLMV.
Es importante destacar que aquellos pensionados después del 31 de julio de 2011 no tendrán derecho a la mesada 14, sin importar el monto de su pensión.
Asimismo, los pensionados que, independientemente de la fecha de su pensión, reciban un monto superior a los topes establecidos (15 SMLMV para pensionados antes del 25 de julio de 2005 y 3 SMLMV para pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011) tampoco serán beneficiarios.
Adicionalmente, se ha confirmado que los veteranos y pensionados de la Fuerza Pública que cumplan con los requisitos específicos de tiempo de servicio (20 años para militares y 25 años para policías, o haber prestado sus servicios antes de 1994 en el caso de civiles del sector Defensa) también serán beneficiarios de esta mesada adicional.
Se estima que más de 89.000 exmiembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional podrán recibir este beneficio.