Capturan a Dixon Tequia y otras 2 personas por presuntamente lavar dinero del narcotráfico
Al parecer, los señalados habrían usado de fachada una empresa de carbono para lavar dinero de tráfico de cocaína.

Noticias RCN
03:20 p. m.
Recientemente fueron capturadas tres personas por el delito de lavado de activos producto del narcotráfico. Esto como parte de una investigación que se sigue en la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos.
Los detenidos fueron identificados como Pablo Hernán Ortiz Martínez, Dixon Tequia Gómez y Jessica Manuela Ramírez.
¿De qué se les acusa a los detenidos?
Las autoridades señalan que estas personas harían parte de una red delictiva dedicada a legalizar dineros ilícitos producto del envío de cocaína por vía aérea a Estados Unidos y países de Centroamérica. Para este propósito, al parecer, usaban como fachada empresas de carbón.
Las audiencias están en curso. Hasta el momento se han legalizado los procedimientos ante un juez de control de garantías. Se está pendiente de imputación y solicitud de medida.
Dixon Tequia Gómez es conocido por haber sido el padrastro de la actriz Lina Tejeiro.
¿Cómo se castiga el lavado de activos en Colombia?
El código penal, la ley 599 de 2000, trata sobre el lavado de activos en todo su capítulo quinto. Este delito, establecido en el artículo 323, se define como la acción de obtener, resguardar, invertir, transportar, transformar, almacenar, conservar, custodiar o administrar bienes que tengan su origen a través de actividades ilegales como narcotráfico, secuestro, tráfico de personas, delitos contra el sistema financiero, el fraude, etc.
Quien “realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá por esa sola conducta, en prisión de diez (10) a treinta (30) años y multa de mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La misma pena se aplicará cuando las conductas descritas en el inciso anterior se realicen sobre bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada”, establece la ley.
Asimismo, señala que el lavado de activos puede castigarse aun cuando las actividades de las que provinieron los bienes se hubiesen realizado, total o parcialmente, en el extranjero.