Corte Constitucional tumbó la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante
La decisión se fundamenta en el incumplimiento de principios esenciales del proceso legislativo y en la falta de conexión entre la norma y el Plan Nacional de Desarrollo.
Noticias RCN
10:59 a. m.
La Corte Constitucional declaró este 27 de noviembre la inexequibilidad del artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, que establecía la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT).
La decisión se fundamenta en el incumplimiento de principios esenciales del proceso legislativo y en la falta de conexión entre la norma y el Plan Nacional de Desarrollo.
Los argumentos de la Corte Constitucional sobre creación del INDTOT
El alto tribunal determinó que el Congreso de la República vulneró los principios de consecutividad e identidad flexible al incluir la creación del Instituto en las plenarias del Senado y la Cámara mediante una proposición que no fue discutida en las sesiones conjuntas de las comisiones responsables.
Según la Corte, no se comprobó una relación estrecha, inmediata y directa entre la norma y las metas u objetivos generales del Plan Nacional de Desarrollo, lo que afecta la coherencia del trámite legislativo.
Además, la Sala Plena concluyó que la disposición desconocía el principio de unidad de materia.
La norma en cuestión no se relacionaba de manera instrumental con los programas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, sino que implicaba una transformación institucional de carácter permanente.
La Corte señaló que este tipo de decisiones deberían tomarse en el marco de la competencia general del Congreso para dictar leyes, y no mediante un artículo incluido en el Plan Nacional de Desarrollo.
La declaratoria de inexequibilidad implica que la creación del INDTOT no podrá materializarse bajo los términos de la Ley 2294, dejando abierta la posibilidad de que sea debatida nuevamente en el marco legislativo adecuado.