Corte IDH negó recurso de la defensa del presidente Petro sobre investigación del CNE
La defensa del mandatario había solicitado medidas provisionales para proteger sus derechos políticos y los de su electorado.

Noticias RCN
07:09 a. m.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución respecto a las investigaciones que el Consejo Nacional Electoral (CNE) adelanta contra la campaña Petro Presidente por presunta violación de los topes electorales.
El pronunciamiento de la Corte llega en referencia al recurso que había enviado la defensa del presidente solicitando medidas provisionales respecto a las investigaciones con el objetivo de “salvaguardar los derechos [a] la protección y garantías judiciales y derechos políticos de la víctima, el Presidente de la República de Colombia, Gustavo Petro Urrego, y de su electorado”.
Respecto a lo anterior, la Corte desestimó la solicitud de la defensa del Jefe de Estado y resolvió “declarar improcedente la solicitud de adopción de medidas provisionales presentada por los representantes de la víctima en el presente caso”.
¿Qué medidas buscaba la defensa del presidente Petro respecto a la Corte IDH?
Según el alto tribunal transnacional, la defensa del presidente Petro solicitó dos medidas provisionales específicas:
- “No innovar en normas, decisiones o prácticas que tengan el efecto de restringir derechos convencionalmente protegidos, en especial, la garantía de juez natural y competente y los derechos políticos”.
- “Que el CNE se abstenga, respecto del señor presidente Gustavo Petro Urrego, de aplicar la Resolución 05175 de 8 de octubre [de] 2024, mediante la cual dicha entidad decidió abrir investigación y formular cargos a la campaña presidencial de primera y segunda vuelta de la Coalición Pacto Histórico, por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales”.
Esta solicitud llega pues, según la defensa, el CNE se había atribuido irregularmente facultades para investigar al presidente Gustavo Petro, contrario al orden constitucional pues solamente la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes es quien puede investigar a quien tiene fuero presidencial.
Además, alegaron que la decisión del CNE, que adelante una investigación solamente administrativa, podría llevar a que en el Congreso se decida respecto a la posible pérdida de investidura del mandatario.
¿Por qué la Corte IDH negó la solicitud del presidente Petro respecto a la investigación del CNE?
La Corte se refirió al fallo de 2020 en el que dio razón al entonces alcalde de Bogotá Gustavo Petro al asegurar que la Procuraduría no podía sancionar e inhabilitar a un funcionario popularmente elegido, pues esto vulneraba sus derechos políticos.
Sin embargo, en este caso, el tribunal señaló que la solicitud del presidente Petro en la investigación del CNE es distinta en cuanto a los hechos y la realidad jurídica.
“En aquella oportunidad, la Corte consideró inconvencional que una autoridad administrativa dispusiera el cese y eventual inhabilitación de funcionarios electos popularmente [...] Consecuentemente, la Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenadas en el Fallo con lo cual resulta improcedente”, aseguró el tribunal.