¿Iván Duque cumple con las condiciones para tener la pensión vitalicia presidencial?
Los expresidentes de Colombia tienen por ley el derecho de tener una asignación económica mensual equivalente al 75% de su último sueldo.
Noticias RCN
12:07 p. m.
Tras conocerse el nombre del sucesor del presidente Iván Duque, se especula sobre qué pasará con su carrera política y a qué se dedicará al entregar su cargo como jefe de Estado a Gustavo Petro, el próximo 7 de agosto.
Inicialmente, Duque informó a través de una alocución pública su necesidad de acercarse más a su esposa e hijos, sería el momento indicado para dedicarles tiempo, tras cuatro años alejado del calor de su hogar.
¿A qué se dedicará Iván Duque?
A pocos días de conocerse el nombre del nuevo presidente de Colombia, Iván Duque reveló a qué se dedicará profesionalmente cuando termine su gobierno:
"Desde ya puedo decir que será un honor muy grande volver a las escuelas de formación como profesor ‘Ad honorem’, para que mi experiencia, mucha o poca, les sirva a todos los soldados de Colombia, porque los quiero, los admiro y los respeto".
Según lo anunciado por Duque, prestará servicios de docencia ‘ad honorem’ que significa que lo hará sin retribución alguna, sino como una forma de honrar su compromiso con el país.
En contexto: A esto se dedicará Iván Duque al entregar la Presidencia de Colombia
¿Iván Duque tendrá pensión vitalicia?
No solo se especula sobre lo que hará el mandatario al entregar la Casa de Nariño en tan solo algunas semanas, sino también si gozará o no de la pensión vitalicia que por ley les corresponde a todos los expresidentes de Colombia.
En lo que esto respecta, el artículo 2 de la ley 48 de 1962, indica lo siguiente:
Todo expresidente de la República tendrá derecho a disfrutar de pensión vitalicia o pensión de vejez, igual al setenta y cinco por ciento (75%) de su último sueldo mensual, si ha permanecido al servicio del Estado durante veinte (20) años continuos o discontinuos y si ha cumplido la de edad de cincuenta (50) años.
Por otra parte, el artículo 3 de esta misma ley establece:
“La pensión de los expresidentes de la República equivaldrá a la asignación mensual que por todo concepto corresponda a los Senadores y Representantes”.
De acuerdo con estas dos condiciones, el presidente Iván Duque cuenta con los años al servicio del Estado, pero no con la edad que corresponde, según lo que establece la ley, puesto que el máximo cargo político del país lo entregará con tan solo 46 años.
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