¡Pilas! Modificaciones en la aplicación de multas a conductores de plataformas en Bogotá
El Concejo de Bogotá aprobó un acuerdo que modifica el proceso sancionatorio contra los conductores, sin embargo, las multas se seguirán aplicando.
Noticias RCN
11:04 a. m.
La D12 es un tipo de multa aplicada a aquellos que conducen un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
Esta infracción afecta a los conductores que utilizan vehículos particulares para llevar pasajeros sin contar con la habilitación necesaria, es decir que dicha infracción puede afectar a los conductores de aplicaciones de transporte como Uber y Didi.
Una infracción de este tipo puede acarrear una multa de 1’300.000 pesos.
Concejo de Bogotá aprobó modificaciones para la infracción D12
El Concejo aprobó el pasado 4 de diciembre un acuerdo con el que se aprueban algunos cambios en la implementación de esta multa contra conductores de plataforma.
“Junto a Sandra Forero y Juan Daniel Oviedo logramos aprobar un acuerdo en donde establecemos garantías y pautas de debido procesos en el proceso de imposición del comparendo D12 para aquellos que trabajan con su carro en las aplicaciones como Uber, DIDI y Cabify”, aseguró el concejal Daniel Briceño a través de su cuenta de X.
El Acuerdo 607 de 2024, explica el Concejo, se aprobó en segundo debate para mejorar las prácticas en la aplicación del “procedimiento de la sanción de la infracción D12 que se impone por prestar servicio público sin autorización a los conductores de plataformas digitales”.
“Es importante aclarar que no se trata de evitar sanciones, sino de garantizar que estas se apliquen de manera justa, sin violaciones de derechos ni abusos de autoridad. Sancionar no debe ser sinónimo de vulnerar derechos o actuar fuera de la ley”, aseguró el Concejo.
¿Cuáles son las modificaciones a la multa D12 en Bogotá?
Según explicó el concejal Briceño hay varias modificaciones para la multa en cuanto a requisitos mínimos de debido proceso y garantías constitucionales en el momento de la imposición del comparendo D12:
- Se debe promover el debido proceso en la aplicación de los interrogatorios a los conductores.
- La Administración deberá promover que no se impongan más de dos sanciones por una sola conducta.
- No podrán los agentes de tránsito generar acciones que vulneren el derecho a la intimidad de los conductores ni de las personas implicadas en el operativo.
- La inmovilización del vehículo deberá hacerse observando el debido proceso, es decir con todas las garantías al debido proceso.
- El proyecto también indica que el Distrito debe realizar capacitaciones a los agentes de movilidad, para que estos garanticen el cumplimiento de las reglas y el respeto a los derechos de los conductores.