Esto deben de pagarle si trabaja en los festivos de Navidad y Año Nuevo
¿El 24 y el 31 de diciembre hay remuneración extra? Esto es lo que estipula la Ley:
Noticias RCN
06:35 p. m.
Durante el 24 y 31 de diciembre, días en los que se celebra Navidad y Año Nuevo, hay personas que deben de asistir a sus trabajos y cumplir con su jornada laboral habitual.
Además, en múltiples casos, hay una gran cantidad de personas que también tienen que ir a trabajar durante los festivos del 25 de diciembre y el 1 de enero. En consecuencia, les ha surgido la pregunta de cuánto deben pagarles por prestar sus servicios durante esos días y en Noticias RCN se los explicamos.
¿Cuánto deben pagarle por trabajar el 24 y el 31 de diciembre?
En esta ocasión, tanto el 24 como el 31 de diciembre serán días entre semana. Por lo tanto, al no ser un domingo ni un festivo, a los trabajadores no les corresponderá recibir ningún pago extra al habitual.
Eso significa que su día laboral valdrá lo mismo que cualquier otro que sea ordinario y que durante esas jornadas no habrá algún recargo.
Entonces, por ejemplo, si una persona recibe dos millones de pesos de sueldo mensual ($2.000.000), sus días de trabajo durante el 24 y el 31 de diciembre valdrán 66.666 pesos colombianos.
¿Y cómo debe ser el pago para las personas que trabajen el 25 de diciembre y el 1 de enero?
Contrario al 24 y al 31 de diciembre, el 25 del mismo mes y el 1 de enero sí son festivos. Por ende, tal y como está estipulado en la Ley, esos días sí tienen una remuneración extra.
El pago funciona de la siguiente manera: a los empleados que presten sus servicios deberán cancelarles el 100% de lo que vale un día ordinario y, además, un 75% adicional por cada una de las horas dedicadas.
De igual manera, en la Ley está estipulado que, en el caso de que el pago no se realice de esa manera, el trabajador podrá hacer el reclamo ante el empleador y, en caso de que no le solucionen, buscar la ayuda de un abogado especializado en el tema.