¿Quiénes tienen que declarar renta del 12 al 16 de agosto? Revise si le toca
La semana del 12 al 16 de agosto será la primera en la cual las personas declararán renta.
Noticias RCN
01:57 p. m.
Con la llegada de agosto, llegó el momento que las personas naturales declaren renta. Dependiendo de la cédula, las personas pueden conocer cuándo les toca.
¿Quiénes tienen que declarar?
La primera semana será del 12 al 16 de agosto. Las personas que tendrán que declarar renta en estos días son:
- Lunes 12 de agosto: cédulas finalizadas en 01 - 02.
- Martes 13 de agosto: cédulas finalizadas en 03 – 04.
- Miércoles 14 de agosto: cédulas finalizadas en 05 – 06.
- Jueves 15 de agosto: cédulas finalizadas en 07 – 08.
- Viernes 16 de agosto: cédulas finalizadas en 09 – 10.
¿Quiénes deben declarar renta?
Una persona debe declarar renta si cumple con una de las siguientes condiciones.
- Que su patrimonio bruto con corte al 31 de diciembre haya sido superior a $190.854.000.
- En 2023, sus ingresos brutos tuvieron que ser iguales o superiores a $59.377.000.
- Los consumos de las tarjetas de crédito en 2023 tuvieron que ser superiores a $59.377.000.
- El valor total de las compras y consumos en 2023 tuvieron que ser superiores a $59.377.000.
- El valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores en 2023 a $59.377.000.
¿Cómo pagar la declaración de renta?
Para pagar la declaración, hay dos métodos:
Electrónicos: una vez presentada la declaración, genere el ‘Recibo oficial de pago impuestos nacionales (490)’. Luego, haga clic en el botón de pago para comenzar el proceso que lo llevará al servicio web de su entidad financiera.
Presencial: Llene la información e imprima dos copias del ‘Recibo oficial de pago de impuestos nacionales (490)’. En el banco, pague en efectivo, con tarjeta débito, tarjeta de crédito, cheque de gerencia, cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora, o cualquier otro medio de pago como transferencias electrónicas o abonos en cuenta, a través de canales presenciales y electrónicos.
También puede pagar en los puntos de pago de los corresponsales Reval, Conred y Puntored.
El cajero del banco en el que haga la transacción le debe devolver una copia del recibo de pago 490 debidamente sellado.