Elecciones regionales: ¿cómo consultar si podría ser designado jurado de votación?
La Registraduría ha venido organizando la conformación de listas que provienen de entidades públicas, privadas, directorios políticos y universidades.
Karol Galindo
05:14 p. m.
El próximo 29 de octubre se desarrollarán las elecciones regionales en las cuales los colombianos elegirán 32 gobernadores, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales de todos los municipios, 418 diputados que conformarán las asambleas y 6.513 ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).
En medio del avance del calendario electoral, la Registraduría Nacional ha venido organizando las listas de los jurados de votación que serán veedores y ayudarán en el desarrollo técnico de los comicios que se harán en los próximos dos meses.
¿Cómo saber si soy jurado de votación?
La Registraduría ha venido avanzando en la logística de la organización de las listas. Para cada mesa de votación la entidad electoral tendrá que designar a seis jurados.
Esas personas se elegirán entre la sociedad del común de los listados que entreguen las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos, entre estos estudiantes universitarios o militantes de las colectividades políticas.
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En esa decisión, es la Registraduría quien decide cuál persona puede cumplir con las labores electorales que son de obligatoriedad.
Pese a que la entidad electoral notifica la designación, los colombianos pueden consultar en el siguiente link: https://www.registraduria.gov.co/Verifica-si-fuiste-designado-jurado-de-votacion.html
¿Hay sanción si no cumple función de ser jurado de votación?
La Registraduría tiene establecido que quienes no cumplan la designación de jurados de votación tendrán sanciones. En el caso de ser funcionario público, habrá una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos.
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Las únicas personas que podrán ser exoneradas de ser jurados serán por una enfermedad grave o muerte del jurado, de su cónyuge, padre, madre, hijo o hija.
¿Cómo consultar el puesto de votación?
A menos de que el colombiano haya cambiado de lugar de residencia y por ende el lugar de ejercicio del voto, el puesto de votación seguirá siendo el mismo.
Si el ciudadano tiene dudas podrá consultar su puesto de votación en: https://wsp.registraduria.gov.co/censo/consultar